FARMACEUTICA TURQUESA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de febrero de 2019
- Repertorio
- 5905/2019
- Notario
- COSME FERNANDO GOMILA GATICA
- Oficio
- Cuarta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCOSME FERNANDO GOMILA GATICA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con domicilio en Paseo Ahumada N° 341, Cuarto Piso, Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 24 de Abril de 2.019, Repertorio N° 5.905/2.019, ante mí, MUCAHIT KARAKAYA, cédula de identidad N° 14.629.647-5, domiciliado en Avenida Providencia 1650, oficina 1605, Comuna de Providencia, YENER KARAKAYA, cédula de identidad N° 14.716.424-6 y SERAP KARAKAYA, cédula de identidad extranjero N° 23.001.734-4, estos dos últimos domiciliados en Avenida Los Leones N°1841, Departamento N°510, Comuna de Providencia, todos ciudad de Santiago, Región Metropolitana, modificaron “GASTRONOMIA TURQUESA LIMITADA”, originalmente inscrita a fs. 53.701, N° 37.388, Registro Comercio Santiago año 2010. Modificaciones: A) Serap Karakaya vendió, cedió y transfirió a Mucahit Karakaya derechos equivalentes al 1% de las participaciones y propiedad de la compañía en precio y condiciones señaladas en escritura extractada. Yener Karakaya vendió, cedió y transfirió a Mucahit Karakaya derechos equivalentes al 49% de las participaciones y propiedad de la compañía en precio y condiciones señaladas en escritura extractada. Consecuencia cesión se retira Serap Karakaya y quedan como únicos socios: Yener Karakaya y Mucahit Karakaya, con 50%, cada uno de ellos, del capital social y propiedad compañía; B) Se sustituye cláusula 3 relativa a la razón social por siguiente mueva: “TERCERO: La razón social o nombre de la sociedad será “FARMACEUTICA TURQUESA LIMITADA”, pudiendo usar, para todos los efectos legales, bancarios, comerciales y de publicidad, ante cualquier persona o entidad, la sigla o nombre de fantasía “FARMATUR LTDA.”; C) Se sustituye cláusula 2 relativa a objeto social por la siguiente nueva: “SEGUNDO: El objeto de la sociedad es la Compraventa, permuta, distribución, consignación, importación, exportación, representación, preparación y comercialización en todas sus formas de productos farmacéuticos y de medicamentos para uso, ingestión o consumo humano y animal, drogas, hierbas, homeopatía y toda clase de remedios, artefactos, instrumentos y demás que digan relación con la salud humana y animal, con su tratamiento, cuidado y mejoramiento, semillas, abonos, productos químicos para la agricultura e industria agrícola; todo lo relacionado en la actualidad o en el futuro con lo dicho anteriormente, y cualquier otro negocio que acuerden los socios”; D) Se modificó cláusula 4 estatutos, en el sentido que la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponde a Yener Karakaya y Mucahit Karakaya, quienes actuando conjunta o separadamente, en forma indistinta, representan a sociedad con amplias facultades señaladas en escritura extractada. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. cbc.