MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CommScope Technologies Chile Limitada

RUT 76479658-6 CVE 1602746
Fecha instrumento
31 de diciembre de 2018
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
31 de diciembre de 2018
Comuna
Santiago

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
CommScope Chile Limitada socio 76932290-6
CommScope Technologies Chile Limitada socio 76479658-6

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VERONICA TORREALBA COSTABAL, NotarioSuplente, 33 Notaría de Santiago, Huérfanos 979, oficina 501, Santiago, certifico: mediante escritura pública de fecha 31 de diciembre de 2018, ante el Titular don Iván Torrealba Acevedo, CommScope Netherlands B.V. y CommScope Asia Holdings B.V., ambas domiciliadas para estos efectos en Avenida Andrés Bello 2457, piso 19, Providencia, Santiago, Chile, acordaron, en su calidad de únicas y actuales socias de CommScope Chile Limitada, RUT N° 76.932.290-6, y CommScope Technologies Chile Limitada, RUT N° 76.479.658-6: (1) Rectificar y modificar los estatutos de CommScope Chile Limitada, reemplazando y sustituyendo íntegramente el Artículo Sexto de los estatutos de CommScope Chile Limitada por el siguiente: "SEXTO: El capital de la sociedad es la cantidad de cien mil pesos, que los socios se han obligado a aportar y enterar de la siguiente forma: (a) CommScope Netherlands B.V. aportará y enterará la suma de noventa y nueve mil pesos, en dinero efectivo, dentro del plazo de tres años a contar desde el treinta y uno de diciembre de dos mil dieciocho; y (b) CommScope Asia Holdings B.V. aportará y enterará la suma de mil pesos, en dinero efectivo, dentro del plazo de tres años a contar desde el treinta y uno de diciembre de dos mil dieciocho.". En todo lo no modificado, permanecen vigentes las estipulaciones de los estatutos de CommScope Chile Limitada. (2) Fusionar CommScope Chile Limitada con y en CommScope Technologies Chile Limitada, y como consecuencia del aumento de capital resultante de la fusión, modificar los estatutos de CommScope Technologies Chile Limitada, reemplazando y sustituyendo íntegramente el Artículo Quinto de los estatutos de CommScope Technologies Chile Limitada por el siguiente: "QUINTO: CAPITAL. El capital de la Sociedad es la suma de cinco mil novecientos cincuenta y seis millones setecientos mil pesos, dividida entre los socios CommScope Netherlands B.V. y CommScope Asia Holdings B.V. de acuerdo al siguiente detalle: (a) Los derechos sociales de CommScope Netherlands B.V. equivalen a la suma de cinco mil novecientos cincuenta y cinco millones novecientos setenta y dos mil seiscientos setenta y un pesos en el capital social, esto es, a aproximadamente un noventa y nueve coma nueve ocho siete ocho por ciento del capital social, y CommScope Netherlands B.V. tiene pendiente pagar por concepto de aportes por enterar la suma de setecientos cuarenta y tres millones trescientos treinta y tres mil pesos, los cuales pagará en dinero efectivo dentro de un plazo de tres años a contar desde el treinta y uno de diciembre de dos mil dieciocho; y (b) Los derechos sociales de CommScope Asia Holdings B.V. equivalen a la suma de setecientos veintisiete mil trescientos veintinueve pesos en el capital social, esto es, a aproximadamente un cero coma cero uno dos dos por ciento del capital social, y CommScope Asia Holdings B.V. tiene pendiente pagar por concepto de aportes por enterar la suma de sesenta y siete mil pesos, los cuales pagará en dinero efectivo dentro de un plazo de tres años a contar desde el treinta y uno de diciembre de dos mil dieciocho.". En todo lo no modificado, permanecen vigentes las estipulaciones de los estatutos de CommScope Technologies Chile Limitada. A raíz de la fusión, se disuelve CommScope Chile Limitada y se incorporan al patrimonio de CommScope Technologies Chile Limitada todos los activos y pasivos de CommScope Chile Limitada, sucediendo CommScope Technologies Chile Limitada a CommScope Chile Limitada respecto de todos y cada uno de sus derechos y obligaciones transmisibles. La responsabilidad de los socios se limita exclusivamente al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 31 de mayo de 2019.