MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASESORIAS B&S LIMITADA

CVE 1602558
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
14 de mayo de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
14 de mayo de 2019
Repertorio
14460
Notario
ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
Trigésima Sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
La razón social de la sociedad será “Inversiones y Asesorías B&S Limitada, pudiendo usar para efectos bancarios, de publicidad comerciales y tributarios, el nombre de fantasía ““Inversiones y Asesorías B&S Ltda.”. El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, La Concepción 65, piso 2, comuna de Providencia, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 14 de mayo 2019, Repertorio Nº 14.460, ante mí, MATIAS CRISTIAN BERNDT ALZÉRRECA, ingeniero civil y DOMINIQUE FRANCOISE SOULODRE PIZARRO, publicista, ambos con domicilio para estos efectos en esta ciudad, calle Sagaro N° 599, Comuna de Vitacura, Región Metropolitana, modificaron ”ASESORIAS B&S LIMITADA”, inscrita a fojas 22104 Número 16748 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2011, siguiente manera: 1) Aumentan capital social de $1.000.000, íntegramente aportado y pagado, a la suma de $212.000.000, de acuerdo a lo indicado en escritura extractada, reemplazando al efecto Artículo Quinto de los estatutos sociales relativo al capital social por la siguiente: “QUINTO: CAPITAL DE LA SOCIEDAD. El capital de la sociedad asciende a la suma de $212.000.000, que los socios han aportado, aportan y aportarán de la siguiente manera: a) Don Matias Cristian Berndt Alzérreca, aporta la suma de $106.000.000, equivalente al 50% de los derechos sociales, de los cuales pagó la suma de $500.000, paga en este acto de contado y en dinero efectivo la suma de $5.000.000, y el saldo de $100.500.000 los pagará en dinero efectivo a medida que las necesidades de la sociedad así lo requieran, pero en todo caso dentro del plazo máximo de 3 años contado desde la fecha de la presente escritura; y b) doña Dominique Francoise Soulodre Pizarro, aporta la suma de $106.000.000, equivalente al 50% de los derechos sociales, de los cuales pagó la suma de $500.000.-, paga en este acto de contado y en dinero efectivo la suma de $5.000.000, y el saldo de $100.500.000 los pagará en dinero efectivo a medida que las necesidades de la sociedad así lo requieran, pero en todo caso dentro del plazo máximo de 3 años contado desde la fecha de la presente escritura.”; 2) Modifican el Artículo Segundo del estatuto social, relativo a la razón social de la sociedad, reemplazándolo por el siguiente: “SEGUNDO: RAZÓN SOCIAL Y DOMICILIO: La razón social de la sociedad será “Inversiones y Asesorías B&S Limitada, pudiendo usar para efectos bancarios, de publicidad comerciales y tributarios, el nombre de fantasía ““Inversiones y Asesorías B&S Ltda.”. El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se acuerde establecer en otros puntos del país o en el extranjero.” y 3) Modifican el Artículo Tercero del estatuto social, relativo al objeto de la sociedad, reemplazándolo por el siguiente: “TERCERO: OBJETO DE LA SOCIEDAD. El objeto de la sociedad será: a) La prestación de servicios y asesorías, especialmente en materias relacionadas con la ingeniería, publicidad, así como en materia económica, financiera, comercial, gerencial y administrativa; b) La compra, venta, administración y explotación, para fines de inversión y renta, de toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, acciones, bonos, debentures, derechos, efectos de comercio, valores mobiliarios y cualquier otro instrumento del mercado de capitales o financiero; c) La percepción de las rentas y frutos naturales y civiles de esas inversiones y su administración; d) La promoción, organización, desarrollo y participación en todo tipo de negocios inmobiliarios, e) Constituir e ingresar en otras sociedades de cualquier naturaleza e invertir en ellas, y, f) La realización de todos los negocios y actividades que los socios acuerden y que estén relacionadas con las actividades anteriores.”. En lo no modificado, permanecen plenamente vigentes demás estipulaciones pacto social. Otras estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 29 de mayo de 2019.