AGRICOLA SAN MIGUEL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 29 de mayo de 2019
- Notario
- FEDERICO ANTONIO OYARCE BIRCHMEIER
- Domicilio
- Victoria
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFEDERICO ANTONIO OYARCE BIRCHMEIER, Abogado, Notario Público de Victoria, con Oficio en Avenida Suiza N° 1070 certifica: Por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 29 de Mayo de 2019, don JUAN PABLO MARTÍNEZ PASLACK, domiciliado en calle Aragón N° 85 departamento 701, comuna de Temuco y don GERARDO ENRIQUE MARTINEZ LOPEZ, domiciliado Huérfanos N° 1117, oficina mil veinte, comuna de Santiago, rectificaron sociedad AGRICOLA SAN MIGUEL LIMITADA, nombre de fantasía “AGRICOLA SAN MIGUEL LTDA”, inscrita a fojas 950 N° 762, del año 2012, Registro de Comercio, Conservador de Temuco, en los siguientes términos: a) En la cláusula QUINTA en donde dice "QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de SETENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS, que se entera y pagará por los socios de la siguiente manera: I.) El socio don JUAN PABLO MARTINEZ PASLACK, aporta la suma de CUATRO MILLONES DE PESOS, equivalentes al cinco coma treinta y tres por ciento del capital social que se enteran aportando al contando en este acto la suma señalada. II.-) El socio don GERARDO ENRIQUE MARTINEZ LOPEZ, aporta la suma de SETENTA Y UN MILLONES DE PESOS, equivalentes al noventa y cuatro coma sesenta y seis por ciento del capital social, que se enteran aportando en dominio los siguientes bienes….". DEBE DECIR “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de SETENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS, que se entera y pagará por los socios de la siguiente manera: I.) El socio don JUAN PABLO MARTINEZ PASLACK, aporta la suma de CUATRO MILLONES CINCO MIL PESOS, equivalentes al cinco coma treinta y cuatro por ciento del capital social que se enteran aportando al contando en este acto la suma señalada. II.-) El socio don GERARDO ENRIQUE MARTINEZ LOPEZ, aporta la suma de SETENTA MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL PESOS, equivalentes al noventa y cuatro coma sesenta y seis por ciento del capital social, que se enteran aportando en dominio los siguientes bienes…. b) En la cláusula QUINTA, letra D en donde dice "D) Camioneta, marca Mitsubishi, año dos mil siete, modelo L doscientos Dakar D Cab AT, numero de motor cuatro D cinco seis UCAK uno cuatro nueve uno, número de chasis MMBJRKE cuatro cero siete D cero cinco siete uno cuatro ocho, color Blanco Fairy, Patente ZX punto uno uno cinco ocho guion nueve, vehículo cuyo aporte se avalúa en la suma de OCHO MILLONES DE PESOS" DEBE DECIR: "D) Camioneta, marca Mitsubishi, año dos mil siete, modelo L doscientos Dakar D Cab AT, numero de motor cuatro D cinco seis UCAK uno cuatro nueve uno, número de chasis MMBJRKE cuatro cero siete D cero cinco siete uno cuatro ocho, color Blanco Fairy, Patente ZX punto uno uno cinco ocho guion nueve, vehículo cuyo aporte se avalúa en la suma de SIETE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL PESOS”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En todo lo no modificado rigen las estipulaciones del pacto social.- Victoria, 06 de Junio de 2019.