JULIAN LOPEZ POBLETE Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de mayo de 2019
- Notario
- CLOVIS TORO CAMPOS
- Oficio
- Décima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCLOVIS TORO CAMPOS, abogado, NOTARIO PUBLICO, Titular de la Décima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Compañía mil trescientos doce, certifico: Escritura pública hoy, ante mi, JULIAN ELIAS LOPEZ POBLETE, don RAMON ENRIQUE ARENAS ALBORNOZ, y don JULIAN ALBERTO LOPEZ DIAZ, todos con domicilio en Avenida Libertador Bernardo O´Higgins tres mil ochenta y tres, comuna de Santiago, modifican sociedad "JULIAN LOPEZ POBLETE Y COMPAÑÍA LIMITADA", Rol Unico Tributario número ochenta millones seiscientos cincuenta y ocho mil setecientos guión uno, constituida por escritura pública de fecha veinticinco de marzo del año mil novecientos sesenta y tres, ante el Notario Público de Santiago don Jaime García Palazuelos, cuyo extracto se inscribió a fojas dos mil cuatrocientos diecinueve, numero mil doscientos cuarenta y y cinco, en el Registro de Comercio de Santiago, del año mil novecientos sesenta y tres, y publicado en el Diario Oficial con fecha once de mayo del año mil novecientos sesenta y tres; desde su constitución, la sociedad ha tenido modificaciones todas inscritas y publicadas dentro del plazo legal, siendo la última por escritura pública de fecha dos de septiembre del año dos mil ocho, suscrita ante el Notario de Santiago don Ivan Tamargo Barros, extractda inscrito a fojas cuarenta y cuatro mil trescentos quince numero treinta mil quinientos veinte, del año do smil ocho, en el Registro de Comercio de Santiago, y publicada dentro del plazo legal con fecha cuatro de octubre del año dos mil ocho.- Modificaciones consisten: RAMON ENRIQUE ARENAS ALBORNOZ, titular del cero coma tres por ciento de los derechos sociales, vende, cede y transfiere el total de sus derechos sociales a don JULIAN ALBERTO LOPEZ DIAZ, quién los compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de cien mil pesos; consecuencia de la cesion, se retira de la sociedad don RAMON ENRIQUE ARENAS ALBORNOZ, y quedan como únicos y actuales socios don JULIAN ELIAS LOPEZ POBLETE, con un noventa y nueve coma siete por ciento de los derechos sociales; y don JULIAN ALBERTO LOPEZ DIAZ, con un cero coma tres por ciento de los derechos sociales; quienes ratifican la cláusula relativa a la administración, representación y uso de la razón social, la que seguirá correspondiéndole al socio don JULIAN ELIAS LOPEZ POBLETE, con las mas amplias facultades señaladas en el pacto social constitutivo, las que se dan por íntegramente reproducidas.- En todo lo no modificado continúa vigente el pacto social constitutivo y modificaciones.- Demás estipulaciones escritura extractada. SANTIAGO, 30 MAYO 2019.-