Instrumento
- Fecha
- 4 de junio de 2019
- Notario
- María Soledad Santos Muñoz
- Oficio
- 7ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaría Soledad Santos Muñoz, Notario Público Titular de la 7ª Notaría de Santiago, con Oficio en Agustinas número 1161, entrepiso, certifica: por escritura pública, de 04 JUNIO 2019, ante mí, Don JENNIFER EMILY RIVERA OPAZO, chilena, soltera, Ingeniero Agrícola, con domicilio en Sexta Avenida número 1166, departamento número 102, comuna de San Miguel, Región Metropolitana constituye una sociedad por acciones como sigue: Razón social "300 SpA" pudiendo usar como nombre de fantasía ante terceros, y en especial ante los bancos, el de "LA NAVE".- El Objeto de la presente sociedad será: a) La comercialización, distribución y elaboración de venta por mayor y menor de todo tipo de productos alimenticios, en especial y sin que la siguiente enumeración sea taxativa o meramente restrictiva, todo tipo de productos de masas crudas, horneadas y congelados en general; b) la venta y comercialización de pasteles, dulces y pastas; servicio de restaurant, cafetería y fuente de soda; c) La instalación, explotación, el tomar y dar en arrendamiento establecimientos de restaurante, bar y centro de eventos, o cualquiera clase de establecimiento público en donde se sirvan comidas y bebidas Analcoholicas y alcohólicas preparadas para ser consumidas en el mismo local o para llevar; y para la organización de servicios de banquetes, entretención, catering, y producción de eventos en general, en locales propios o ajenos; d) La exportación, importación, compra, venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, leasing, producción y distribución de todo tipo de bienes y/o servicios al por mayor y al detalle; e) Distribución y comercialización de todo tipo de bienes; f) Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; g) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares, sean estos nacionales o extranjeros; h) la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal; i) Toda otra actividad que él o los socios acuerden desarrollar. Capital $1.000.000, dividido en 20.000 acciones sin valor nominal, todas de una misma serie, se suscriben y paga en este acto y en dinero efectivo. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 05 de junio de 2019.