DISOLUCIÓN Sociedad por Acciones

2005 INVERECO SOCIEDAD LIMITADA ESPAÑOLA, AGENCIA EN CHILE

RUT 59213780-1 CVE 1601699
Fecha instrumento
19 de marzo de 2015
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
19 de marzo de 2015
Repertorio
16629
Notario
ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
Trigésima Sexta Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Ley aplicable
Ley 18.046

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaria de Santiago, con oficio en calle La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico que por escritura pública de fecha treinta de Mayo de 2019, Repertorio N°16.629, ante mí, Jose Maria Grau Rivera, domiciliado en Fundo Santa Isabel, comuna de Los Ángeles, en calidad de agente y representante en Chile de “2005 INVERECO SOCIEDAD LIMITADA”, declaró, para los fines previstos en el Título Once de la Ley 18.046 sobre Sociedades Anónimas lo siguiente: a) que el 19 de marzo de 2015, estableció una Agencia en Chile bajo el nombre de “2005 INVERECO SOCIEDAD LIMITADA ESPAÑOLA, AGENCIA EN CHILE”, habiéndose protocolizado con dicha fecha en la Notaría de Los Ángeles de Selim Parra Fuentealba, bajo el repertorio N°1971-2015, los documentos establecidos en el artículo 121 y efectuado por escritura pública otorgada con igual fecha y ante la misma Notaría la Declaración a que se refiere el artículo 122 de la referida ley; b) que el extracto de la protocolización y de la escritura de Declaración antes señalados, a que se refiere el artículo 123 de la Ley 18.046, se inscribió a fojas 381 N°247, en el Registro de Comercio de Los Ángeles correspondiente al 2015, y se publicó en el Diario Oficial el 6 de abril del mismo año; y, c) que estando especialmente facultado para ello pone término a las actividades en el país y se procede al cierre definitivo de la Agencia en Chile de “2005 INVERECO SOCIEDAD LIMITADA”, que gira bajo el nombre de “2005 INVERECO SOCIEDAD LIMITADA ESPAÑOLA, AGENCIA EN CHILE”, a partir del 30 de mayo de 2019. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 30 de Mayo de 2019.