Instrumento
- Fecha
- 4 de junio de 2019
- Repertorio
- 4644-2019
Sociedad
- N. fantasía
- WHITTLE & CO SpA y/o WHITTLE & CO. SpA;
- Capital
- $1.000 CLP
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGERMAN ROUSSEAU DEL RIO, Notario de Santiago suplente del titular don Luis Enrique Tavolari Oliveros, con oficio en esta ciudad, calle Don Carlos N°2.889, Las Condes, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 22/Mayo/2019, Repertorio N°4644-2019, ante mí, se constituyó sociedad por acciones, bajo las siguientes estipulaciones: NOMBRE: WHITTLE & CO. PROPIEDADES SpA, sin embargo podrá indistintamente usar o identificarse, incluso con instituciones bancarias, financieras, organismos públicos o privados, incluso ante el Servicio de Impuestos Internos y Tesorería General de la República o para el efecto que se estime conveniente, con el siguiente nombre de fantasía: WHITTLE & CO SpA y/o WHITTLE & CO. SpA; OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto: a) Ejecutar toda clase de inversiones en bienes muebles e inmuebles, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio, bienes raíces o cuotas en ellos, pudiendo al efecto, comprar, vender, arrendar, explotar y administrar tales inversiones, tomar interés o participar como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover, y administrar, por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones; b) Prestar asesorías, económicas, comerciales, financieras o técnicas; c) Asumir representaciones, agencias, comisiones y mandatos de toda clase; d) Corretaje de propiedades; e)Concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, sociedades de responsabilidad limitada o anónimas, de comunidades y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas, chilenas o extranjeras, representar a la sociedad, con voz y voto, en todas ellas; y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquellas de que forme parte; y f) Realizar de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas a los objetos antes mencionados; CAPITAL: $1.000.000 de pesos, dividido en 1.000 acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal íntegramente suscrito y pagado en la forma señalada en las disposiciones transitorias de la escritura extractada. Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo y/o con bienes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago. 04 de Junio de 2019.-