INMOBILIARIA E INVERSIONES LOS BOLDOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de mayo de 2019
- Notario
- PATRICIA BAHAMONDE VEGA
- Domicilio
- LUIS ENRIQUE FISCHER YAVAR
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIA BAHAMONDE VEGA, Notario Público Suplente de LUIS ENRIQUE FISCHER YAVAR, con oficio en 12 Norte N° 785, piso 3, Edificio Pamplona, Viña del Mar, certifico: por es¬critura de fecha 16/05/2019, ante titular, YURIK PAULINO DÍAZ REYES, MARÍA ISABEL VARGAS VÉLIZ, JAVIERA ISABEL DÍAZ VARGAS, AGUSTÍN IGNACIO DÍAZ VARGAS e IGNACIA SOFÍA DÍAZ VARGAS, todos domiciliados en Avenida Pinares de Montemar N°435, Concón, efectuaron cesiones de derecho y modificaron los estatutos de “INMOBILIARIA E INVERSIONES LOS BOLDOS LIMITADA” (la “Sociedad”), inscrita a Fs.105 N°82 Reg. Comercio de Concón año 2014, en el siguiente sentido: 1) JAVIERA ISABEL DÍAZ VARGAS efectuó las siguientes cesiones de derechos con el expreso consentimiento de sus consocios: a MARÍA ISABEL VARGAS VÉLIZ, derechos representativos de un 2 por ciento de los derechos sociales, precio $20.000; a YURIK PAULINO DÍAZ REYES, derechos representativos de 1 por ciento de los derechos sociales, precio $10.000; a AGUSTÍN IGNACIO DÍAZ VARGAS, derechos representativos de un 15 por ciento de los derechos sociales, precio $150.000, ingresando a la Sociedad como socio; a IGNACIA SOFÍA DÍAZ VARGAS, derechos representativos de un 15 por ciento de los derechos sociales, precio $150.000, ingresando a la Sociedad como socia. Como consecuencia de las cesiones referidas, a contar de la fecha de la escritura extractada, los socios de la Sociedad son MARÍA ISABEL VARGAS VÉLIZ, con 50 por ciento de los derechos sociales, JAVIERA ISABEL DÍAZ VARGAS, AGUSTÍN IGNACIO DÍAZ VARGAS e IGNACIA SOFÍA DÍAZ VARGAS, con 15 por ciento de los derechos sociales, cada uno, y YURIK PAULINO DÍAZ REYES, con 5 por ciento de los derechos sociales. 2) Acordaron introducir las siguientes modificaciones al pacto social: Uno. Sustituir la cláusula tercera, referida al objeto social, por: “Tercero: La sociedad tendrá los siguientes objetos: (a) La adquisición o compra a cualquier título de toda clase de bienes raíces, por cuenta propia o ajena, su explotación bajo la forma de compraventas, subdivisiones, enajenaciones de cualquier especie, intermediación, arrendamientos y otros, pudiendo lotearlos, urbanizarlos, enajenarlos, gravarlos o explotarlos de cualquier forma, y pudiendo celebrar además todos los demás contratos y actos útiles y necesarios al objeto indicado, así como el desarrollo, promoción, organización y participación en toda clase de proyectos inmobiliarios, la administración de los mismos y la percepción de sus frutos y en general, desarrollar toda actividad que comprenda su explotación comercial. (b) Ejecutar en bienes raíces urbanos, forestales o agrícolas, propios o ajenos, toda clase de construcciones, mejoras, remodelaciones, instalaciones, habilitaciones, decoraciones y transformaciones. (c) Constituir sociedades o adquirir derechos y participaciones en las mismas, sean civiles o mercantiles, nacionales o extranjeras, tomar la administración de las mismas y percibir las rentas que derivan de las anteriores. (d) La inversión en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, pudiendo comprar, adquirir u obtener a cualquier título acciones, bonos debentures u otros instrumentos financieros o valores mobiliarios o efectos de comercio. (e) La asesoría técnica, comercial, económica, administrativa y financiera en actividades que guarden relación directa o indirecta con el objeto social, ya sea directamente a través de esta sociedad o indirectamente a través de otras sociedades. (f) La promoción y producción de eventos y de toda clase de actividades deportivas, recreativas, para lo cual podrá comprar, vender, arrendar, distribuir, comercializar, gestionar, instalar, construir, mantener y administrar campos deportivos, piscinas, gimnasios, campings y toda clase de instalaciones para tales fines pudiendo también importar, comprar, vender, distribuir, arrendar, representar y mantener toda clase de servicios, máquinas, repuestos e insumos relacionados con la salud y/o actividad deportiva. (g) Comprar, importar, vender, exportar, transportar, envasar, almacenar, distribuir y, en general, comercializar toda clase de productos alimenticios y cualesquiera otros productos destinados al consumo. (h) En general, realizar todo otro negocio o actividad que se relacione directa o indirectamente con los fines descritos”. Dos: Se reemplaza la cláusula quinta de los estatutos sociales relativa al capital social por el siguiente: “Quinto: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, el cual se encuentra íntegramente aportado, enterado y pagado, que se distribuye de la siguiente manera: MARÍA ISABEL VARGAS VÉLIZ, la suma de $500.000; JAVIERA ISABEL DÍAZ VARGAS, AGUSTÍN IGNACIO DÍAZ VARGAS e IGNACIA SOFÍA DÍAZ VARGAS, la suma de $150.000, cada uno; y YURIK PAULINO DÍAZ REYES, la suma de $50.000”. La responsabilidad de los socios sigue limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- 28 de Mayo de 2019.