MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Inmobiliaria e Inversiones Inverhome SpA

RUT 76493574-8 CVE 1601051
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
30 de mayo de 2019
Notaría
Santiago de don Eduardo Diez Morello

Instrumento

Fecha
30 de mayo de 2019
Repertorio
4810-2019
Comuna
Santiago de don Eduardo Diez Morello

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP
Domicilio
a) Se indicó como razón social de la sociedad transformada “INMOBILIARIA E INVERSIONES LIMITADA” en circunstancias que el nombre correcto es “INMOBILIARIA E INVERSIONES INVERHOME LIMITADA”. Igualmente se indicó como nombre de la sociedad por acciones “INMOBILIARIA E INVERSIONES SpA”, debiendo ser “INMOBILIARIA E INVERSIONES INVERHOME SpA”. b) Falta la inscripción y publicación de su extracto dentro del plazo legal. TERCERO: Además, respecto de la misma escritura pública de fecha 30 de Octubre de 2018, otorgada en la Notaría de Santiago, de don Eduardo Diez Morello, del mismo domicilio anterior: “Se indicó en el Artículo Segundo Transitorio, que: “El capital de la sociedad ascendía a la suma de $3.000.000, dividido en 1000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción tendrá derecho a voto; que se suscribe y paga de la siguiente forma: doña Trinidad Michelle Nieto Norambuena suscribe en este acto 1000 acciones que equivalen a $3.000.000, vale decir $3.000 por acción, los que se encuentran íntegramente pagados e ingresados en las arcas sociales”, debiendo decir: “El capital de la sociedad es la suma de $21.000.000, dividido en 7.000 acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción tendrá derecho a voto; que se suscribe y paga de la siguiente forma: doña Trinidad Michelle Nieto Norambuena suscribe en este acto 7.000 acciones que equivalen a $21.000.000, vale decir $3.000 por acción, los que se encuentran íntegramente pagados e ingresados en las arcas sociales”. El compareciente, rectifica artículos indicados y sanea publicación fuera de plazo y declaran que no existe sentencia judicial ejecutoriada que previa a este acto se haya pronunciado sobre el vicio de nulidad de la sociedad por acciones

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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GERMAN ROUSSEAU DEL RIO, Notario de Santiago, Suplente del Titular don Luis Enrique Tavolari Oliveros, con oficio en esta ciudad, calle Don Carlos N° 2.889, La Condes, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 30 de Mayo de 2019, Repertorio 4810-2019, ante mí: RODRIGO ANDRES LEON BURGOS, chileno, casado y separado de bienes, abogado, Cl N° 8.867.151-1; domiciliado en La Castellana Sur 32, Oficina 202, Comuna Las Condes, Región Metropolitana, viene en rectificar y sanear la sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES INVERHOME LIMITADA hoy INMOBILIARIA E INVERSIONES INVERHOME SpA. PRIMERO: Declara que por escritura pública de fecha 13 de Julio 2018, otorgada en la Notaria de Santiago de don Eduardo Diez Morello, Luis Thayer Ojeda N° 359, Comuna de Providencia, el extracto de dicha escritura se inscribió y publicó fuera del plazo legal. SEGUNDO: Respecto de la escritura pública de fecha 30 de Octubre de 2018, otorgada en la Notaría de Santiago, de don Eduardo Diez Morello, mismo domicilio: a) Se indicó como razón social de la sociedad transformada “INMOBILIARIA E INVERSIONES LIMITADA” en circunstancias que el nombre correcto es “INMOBILIARIA E INVERSIONES INVERHOME LIMITADA”. Igualmente se indicó como nombre de la sociedad por acciones “INMOBILIARIA E INVERSIONES SpA”, debiendo ser “INMOBILIARIA E INVERSIONES INVERHOME SpA”. b) Falta la inscripción y publicación de su extracto dentro del plazo legal. TERCERO: Además, respecto de la misma escritura pública de fecha 30 de Octubre de 2018, otorgada en la Notaría de Santiago, de don Eduardo Diez Morello, del mismo domicilio anterior: “Se indicó en el Artículo Segundo Transitorio, que: “El capital de la sociedad ascendía a la suma de $3.000.000, dividido en 1000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción tendrá derecho a voto; que se suscribe y paga de la siguiente forma: doña Trinidad Michelle Nieto Norambuena suscribe en este acto 1000 acciones que equivalen a $3.000.000, vale decir $3.000 por acción, los que se encuentran íntegramente pagados e ingresados en las arcas sociales”, debiendo decir: “El capital de la sociedad es la suma de $21.000.000, dividido en 7.000 acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción tendrá derecho a voto; que se suscribe y paga de la siguiente forma: doña Trinidad Michelle Nieto Norambuena suscribe en este acto 7.000 acciones que equivalen a $21.000.000, vale decir $3.000 por acción, los que se encuentran íntegramente pagados e ingresados en las arcas sociales”. El compareciente, rectifica artículos indicados y sanea publicación fuera de plazo y declaran que no existe sentencia judicial ejecutoriada que previa a este acto se haya pronunciado sobre el vicio de nulidad de la sociedad por acciones. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 03 de Junio de 2019.