CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

HIGH ON LIFE SpA

CVE 1601329
Duración
Definida

Instrumento

Repertorio
3794/2019
Notario
ANTONIETA MENDOZA ESCALAS
Oficio
16 notaría Santiago

Sociedad

Domicilio
Ciudad de Santiago de Chile
Duración
Indefeinida

Objeto social

La sociedad tendrá por

Administración

será ejercida por don EMILIANO FIGUEROA BARROS, cédula de identidad numero diecinueve millones doscientos ochenta y ocho mil novecientos ochenta y cuatro guión siete., quien podrá actuar por la sociedad según facultades que se señalan en escritura

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANTONIETA MENDOZA ESCALAS, Notario Público Titular 16 notaría Santiago, San Sebastián 2750, Las Condes, certifico: por escritura pública otorgada con fecha tres de Junio de dos mil diecinueve ante mí, Repertorio N°3794/2019, EMILIANO FIGUEROA BARROS chileno, soltero, Licenciado en Ciencias en la Administración de empresas, cédula de identidad numero diecinueve millones doscientos ochenta y ocho mil novecientos ochenta y cuatro guión siete, domiciliado en Avenida Presidente Riesco dos mil novecientos setenta, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, de paso en esta, y don FRANCISCO JOSÉ EBEL KÖNIG, chileno, soltero, estudiante, cédula de identidad número diecinueve millones cuatrocientos setenta y cinco mil ochocientos noventa y nueve guión cinco domiciliado en Alonso de Sotomayor cuatro mil trescientos cincuenta y ocho, comuna de Las Condes, Región Metropolitana de paso en esta, constituyeron sociedad por acciones: Nombre: “HIGH ON LIFE SpA”. Domicilio: Ciudad de Santiago de Chile, sin perjuicio de lo cual podrá establecer sucursales, agencias, representaciones o delegaciones, tanto en el país como en el extranjero. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: uno) La adquisición a cualquier título de bienes raíces, su explotación bajo la forma de compraventas, loteos, urbanizaciones, enajenaciones de cualquier especie, o arrendamientos y otros; y la administración de los mismos. Podrá también efectuar, toda clase de inversiones en bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, inclusive acciones, fondos de inversión y participaciones sociales o derechos en sociedades de personas, su administración, y la percepción de las rentas de los negocios antes descritos sean o no complementarias entre sí, que los socios pudieran acordar en el futuro. La sociedad podrá efectuar tales actos por cuenta propia o ajena y abordar los negocios directamente o por medio de otras sociedades en las que ella participe o forme al efecto, pudiendo inclusive tener en las mismas la calidad de socia gestora; dos) La construcción de obras de urbanización, obras viales y/o civiles, mayores y obras menores de construcción, contratista y subcontratista; tres) Comercialización, importación y exportación de maquinaria y materiales de construcción; prestación de Servicios Generales de consultoría y construcción de Obras de Arquitectura, Obras civiles, Obras Terrestres y Marítimas, diseño Industrial, remozamiento de interiores, planificación urbana, en sus niveles de acción comunal, regional, y nacional; cuatro) Diseño, Evaluación, Ejecución y Control de Proyectos de Inversión Pública y Privada, proyectos de Arquitectura, Obras Civiles y de Ingeniería, Proyectos de Equipamiento, Provisión de bienes muebles, equipos, maquinarias, máquinas, herramientas, artefactos eléctricos y electrónicos, insumos fungibles; cinco) Elaboración de Estadísticas y Estudios de Mercado, Recopilación de antecedentes, análisis de datos, sistematización de los mismos y/o Ingreso de información a un tipo o modelo de base de datos, compuesta ya sea por documentos y/o textos impresos en papel e indexados para su consulta o bien a un sistema gestor de datos a través de la digitación, digitalización o cualquier forma o medio análogo que requieran entidades: públicas, privadas o de contexto científico; seis) Comercialización de Bienes y Servicios; compraventa de maquinaria y equipos rodantes, arriendo de inmuebles, vehículos y maquinas-herramientas; siete) Ejecución de Inspección Técnica de Obras de Ingeniería y Arquitectura; compra, venta, importación, exportación, comercialización, distribución, arriendo, explotación, fabricación y producción de toda clase de bienes y productos, pudiendo intervenir y explotar toda clase de negocios y realizar todo tipo de inversiones, en las actividades económicas, especialmente en el rubro inmobiliario; para todo lo cual podrá adquirir y otorgar franquicias, licencias y representaciones, todo ello sin perjuicio de ejecutar todos los actos que sean inherentes o necesarios al objeto social, como los demás que se acordare en el futuro. Para el cumplimiento de su objeto, la empresa podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos y negociaciones que tiendan, directa o indirectamente, a la consecución de los fines y objetos de la empresa; ocho) La construcción de bienes inmuebles a través de contratos de obra a precio alzado o por administración de obras; nueve) Estudio y desarrollo de proyectos de arquitectura e ingeniería y toda prestación de servicios y trabajos relacionados con el giro de construcción, sea por cuenta propia o de terceros, en forma individual, asociada o de consorcio, en calidad de constructora o contratista, y en general todo lo relacionado con bienes raíces, ejecución de demoliciones, y cualquier otra actividad que los socios acuerden desarrollar, que se relacione directa o indirectamente con las antes señaladas. Capital: El capital social asciende a la suma de un millón de pesos, que se suscribirá y pagará en la forma que se señala en los artículos transitorios, dividido en diez mil acciones, nominativas, todas de una misma serie y sin valor nominal, que deberá quedar totalmente suscrito y pagado dentro del plazo de cinco años contados desde la fecha de la constitución de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Duración: Indefeinida, Administración: será ejercida por don EMILIANO FIGUEROA BARROS, cédula de identidad numero diecinueve millones doscientos ochenta y ocho mil novecientos ochenta y cuatro guión siete., quien podrá actuar por la sociedad según facultades que se señalan en escritura. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, junio 03 de 2019.