Instrumento
- Fecha
- 3 de junio de 2019
- Repertorio
- 342-2019
- Notario
- GERARDO ANDRÉS CARVALLO CASTILLO
- Domicilio
- Rancagua
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
El objeto de la sociedad será la prestación en Chile y exportación al exterior de asesorías y consultorías en servicios corporativos, económicos, financieros, jurídicos, de recursos humanos, administrativos, técnicos, tributarios, contables y de auditoría. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con los giros de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGERARDO ANDRÉS CARVALLO CASTILLO, Notario Público de Rancagua, con oficio en la comuna de Machalí, Las Rosas número 5, local 6, certifico: Por escritura pública repertorio 342-2019, hoy ante mí don Ricardo Antonio Figueroa Fuentes, constituyó una Sociedad por Acciones, con domicilio en Rancagua. Razón Social: “FIGUEROA Y ASOCIADOS SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad será la prestación en Chile y exportación al exterior de asesorías y consultorías en servicios corporativos, económicos, financieros, jurídicos, de recursos humanos, administrativos, técnicos, tributarios, contables y de auditoría. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con los giros de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los accionistas. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Capital: $1.000.000, divididos en 1.000 acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, que se encuentra íntegramente suscrito y se pagará en moneda de curso legal dentro de plazo máximo de 3 años a contar de fecha escritura extractada, más el reajuste legal. Demás estipulaciones en escritura extractada. Machalí, 3 de junio de 2019.