FERNANDEZ VIAL SADP
Instrumento
- Fecha
- 3 de junio de 2019
- Notario
- SAMY HAWA ARELLANO
- Domicilio
- titular de Concepción RAMÓN GARCÍA CARRASCO
Sociedad
- Capital
- $101.816.516 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSAMY HAWA ARELLANO, Notario Público suplente del titular de Concepción RAMÓN GARCÍA CARRASCO, domicilio Rengo 444, Concepción, certifica: Por escritura pública de fecha 3 de junio de 2019, ante mí, se redujo a escritura pública acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de FERNANDEZ VIAL SADP, RUT. N° 76.834.934-7, (en adelante la “Sociedad”), celebrada ante mí con fecha 11 de mayo de 2019. En esta junta, se acordó: I) Aumentar el capital social desde la cantidad de $101.816.516 pesos, dividido en siete mil quinientas noventa y seis acciones sin valor nominal, de la serie A, y cuatro acciones de la serie B, íntegramente suscritas y pagadas, a la cantidad de seiscientos millones de pesos, divido en cuarenta y tres mil ochocientos treinta y siete acciones de carácter nominativas y sin valor nominal, de éstas, cuarenta y tres mil ochocientos treinta y tres son de la Serie A, mientras que cuatro son de la Serie B. Series de acciones. Consecuentemente se reemplazó el texto del artículo quinto de los estatutos sociales, por el siguiente “Artículo Quinto.- El capital de la sociedad es la suma de seiscientos millones de pesos, suma que suscribirá y pagará en la forma que se indica en el artículo segundo transitorio de los estatutos. El Número total de acciones son cuarenta y tres mil ochocientas treinta y siete, de carácter nominativas y sin valor nominal, de éstas, cuarenta y tres mil ochocientas treinta y tres son de la Serie A, mientras que cuatro son de la Serie B. Series de acciones: Las cuarenta y tres mil ochocientas treinta y tres son acciones ordinarias y sin preferencia del tipo A. Las acciones del tipo B tiene: preferencias como elegir a un miembro titular del directorio, y tener derecho a veto para cautelar los bienes que conforman el "activo esencial" de FERNANDEZ VIAL SADP, no teniendo derecho a percibir dividendos, ni acciones liberadas de pago ni disminuciones de capital. Esta preferencia tiene una duración de cincuenta años. Las acciones Serie B estarán en manos de la Corporación Club Deportivo Arturo Fernández Vial de rol único tributario setenta millones seiscientos diez mil cien guion cuatro, justamente para mantener la imagen e identidad del club. La sociedad deberá mantener un capital mínimo de funcionamiento no inferior a mil unidades de fomento. Si se produjere una disminución patrimonial que afecte el cumplimiento del requerimiento anterior, la sociedad deberá informarlo y subsanarlo en la forma señalada en el artículo nueve del Reglamento de la Ley Número veinte mil diecinueve. En caso contrario, se producirá la disolución anticipada de la sociedad y se procederá a su eliminación del Registro de Organizaciones Deportivas Profesionales”; y también se sustituyó texto del artículo segundo Transitorio de los estatutos, el cual no se extracta por no ser materia de éste. Demás estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. CONCEPCION, JUNIO 04 DE 2019.