MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

MANUFACTURAS METÁLICAS TIKAL LIMITADA

RUT 76162170-K CVE 1600715
Fecha instrumento
27 de mayo de 2019
Notaría
Ñuñoa

Instrumento

Fecha
27 de mayo de 2019
Notario
JUAN EUGENIO DEL REAL ARMAS
Oficio
primera Notaria de Ñuñoa
Comuna
Ñuñoa

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN EUGENIO DEL REAL ARMAS, abogado, Notario Público Titular de la primera Notaria de Ñuñoa, con oficio en calle Irarrázaval número mil setecientos cuarenta y cinco local B, de la comuna de Ñuñoa, ciudad de Santiago, por escritura pública, hoy ante mi MANUEL VIRGILIO GAETE ANFOSSI, chileno, casado, comerciante, cedula de identidad número cinco millones doscientos cincuenta y cuatro mil treinta y nueve guion nueve, con domicilio en José Miguel de la Barra cuatrocientos treinta y ocho departamento setenta y uno, Santiago, ANA ALICIA AGUAYO CISTERNA, chilena, casada, empresaria, cedula de identidad número cinco millones cuatrocientos noventa y nueve mil ochocientos setenta y uno guion seis, con domicilio en Antonio Varas número dos mil ciento treinta y dos, Ñuñoa, MARIA PAZ EMILIA FAUNDEZ SOTO, chilena, soltera, empleada, cedula de identidad numero dieciocho millones trescientos noventa y cinco mil doscientos cinco guion seis, con domicilio en Manuel Montt número dos mil quinientos ochenta y siete departamento quinientos once, Comuna Ñuñoa, por escritura pública de fecha quince de Septiembre del año dos mil cuatro, ante don Jorge Soto Troncoso, Notario Público Suplente del Titular Olimpia Schneider Moenne – Loccoz,, de la Trigésima Primera Notaria de Santiago, se constituyó la sociedad denominada “MANUFACTURAS METÁLICAS TIKAL LIMITADA” cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas veintinueve mil ochocientos diecinueve número veintidós mil noventa y tres, año dos mil cuatro; y se publicó en el Diario Oficial de la República dentro del plazo legal. En la actualidad el capital de la sociedad asciende a la cantidad de dos millones de pesos: únicos y actuales socios son a) Manuel Virgilio Gaete Anfossi, siendo su participación en la sociedad del ochenta por ciento del haber social, y b) Ana Alicia Aguayo Cisternas, siendo su participación en la sociedad del veinte por ciento del haber social. Vienen en modificarla en el siguiente sentido: a) Ana Alicia Aguayo Cisternas, vende, cede y transfiere el cien por ciento de sus derechos los cuales equivalen el veinte por ciento del haber social a María Paz Emilia Faundez Soto, quien compra, acepta y adquiere para sí, en el precio de cuatrocientos mil pesos, suma que la cesionaria paga a la cedente en dinero efectivo y de contado, declarando la cedente haberlos recibido a su entera satisfacción y conformidad, otorgando al efecto, recibo y cancelación. Atendida la cesión de derechos, únicos socios y la participación en los derechos sociales corresponde a la siguiente: a) Manuel Virgilio Gaete Anfossi, con ochenta por ciento de los derechos sociales; B) María Paz Emilia Faundez Soto, con el veinte por ciento de los derechos sociales. Administración de la sociedad y el uso de la razón social, se modifica la cláusula cuarta de los estatutos sociales pactados, en el sentido que la administración y uso de la razón social corresponderá a don Manuel Virgilio Gaete Anfossi, quien podrá actuar anteponiendo su firma a la razón social, con las facultades del pacto constitutivo. En lo no modificado permanecerán vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago a 27 de Mayo 2019.-