INVERSIONES SAN JOAQUIN TURF LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 16 de mayo de 2019
- Notario
- ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- trigésima sexta notaría de Santiago
Administración
La administración y el uso de la razón social les corresponderán a los socios quienes, actuando separada e indistintamente cualesquiera de ellos, y anteponiendo su firma personal a la razón social, actuaran por la sociedad, la obligaran y la representaran con las más amplias facultades de administración, pudiendo realizar todas las operaciones necesarias para el desarrollo del
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, notario público, titular de la trigésima sexta notaría de Santiago, La Concepción número sesenta y cinco, piso dos, Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 16 de Mayo de 2019, repertorio número 15.340-2019, ante mi suplente, Don CLAUDIO FRANCISCO CARTER ANGUITA, chileno, soltero, ingeniero agrónomo, cédula nacional de identidad número trece millones trescientos sesenta y tres mil ciento siete guion cero; Don CLAUDIO EDUARDO CARTER ASPEE, cédula nacional de identidad número seis millones quinientos diez mil doscientos dieciséis guion uno; don ESTEBAN CARTER ANGUITA, , cédula nacional de identidad número dieciséis millones setecientos noventa y dos mil cuatrocientos cincuenta guion seis, doña PAULA CAROLINA CARTER ANGUITA, cédula nacional de identidad número catorce millones trescientos cincuenta y ocho mil doscientos treinta guion dos, doña KATHERINE CARTER ANGUITA, cedula nacional de identidad número quince millones noventa y tres mil doscientos cuatro guión uno y doña MAGDALENA MONTT FABRES, cedula nacional de identidad número diez millones seiscientos cinco mil cuatrocientos sesenta y cinco guion siete ; todos domiciliados para estos efectos en Parcela Dos, San Joaquín de los Mayos, Comuna de Machalí; modifican sociedad INVERSIONES SAN JOAQUIN TURF LIMITADA. El extracto de esta sociedad se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua a fojas doscientos setenta y dos, numero trescientos ochenta y siete del año dos mil diez y fue publicado en el Diario Oficial de fecha veintiséis de Mayo de dos mil diez. CESION DE DERECHOS: don ESTEBAN CARTER ANGUITA, vende, cede y transfiere a doña PAULA CAROLINA CARTER ANGUITA, el diez por ciento del capital de la sociedad INVERSIONES SAN JOAQUIN TURF LIMITADA. El precio de la cesión es de once millones trescientos sesenta y tres mil seiscientos treinta y seis pesos. don ESTEBAN CARTER ANGUITA, vende, cede y transfiere a doña KATHERINE CARTER ANGUITA, el diez por ciento del capital de la sociedad INVERSIONES SAN JOAQUIN TURF LIMITADA. El precio de la cesión es de once millones trescientos sesenta y tres mil seiscientos treinta y seis pesos. Don ESTEBAN CARTER ANGUITA, , vende, cede y transfiere a doña MAGDALENA MONTT FABRES, el diecinueve coma seis por ciento del capital de la sociedad INVERSIONES SAN JOAQUIN TURF LIMITADA. El precio de la cesión es de veintidós millones doscientos setenta y dos mil setecientos veintisiete pesos. Cesionarios Pagaran en trescientas cuotas. CAPITAL SOCIAL: El capital de la sociedad es la suma de quince millones de pesos; cantidad que se completa de la siguiente manera: Uno) El socio señor CLAUDIO FRANCISCO CARTER ANGUITA, con la suma de siete millones quinientos sesenta mil pesos, equivalente al cincuenta coma cuatro por ciento del capital social, pagado con anterioridad a este acto; Dos) El socio señor CLAUDIO EDUARDO CARTER ASPEE con la suma de un millón quinientos mil pesos, equivalente al diez por ciento del capital social, pagado por anterioridad a este acto; Tres) La socia doña PAULA CAROLINA CARTER ANGUITA con la suma de un millón quinientos mil pesos, equivalente al diez por ciento del capital social pagado con anterioridad a este acto; Cuatro) La socia doña KATHERINE CARTER ANGUITA con la suma de un millón quinientos mil pesos, equivalente al diez por ciento del capital social pagado con anterioridad a este acto Cinco) La socia doña MAGDALENA MONTT FABRES con la suma de dos millones novecientos cuarenta mil pesos, equivalente al diecinueve coma seis por ciento del capital social, pagado con anterioridad a este acto. Los socios de la sociedad continúan limitando su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. ADMINISTRACION: La administración y el uso de la razón social les corresponderán a los socios quienes, actuando separada e indistintamente cualesquiera de ellos, y anteponiendo su firma personal a la razón social, actuaran por la sociedad, la obligaran y la representaran con las más amplias facultades de administración, pudiendo realizar todas las operaciones necesarias para el desarrollo del giro. Administrarán presente sociedad, mismas facultades establecidas constitución pacto social. Socios acuerdan refundir los estatutos de la sociedad.- Demás estipulaciones constan escritura pública extractada.- Santiago, 22 de Mayo de 2019.