INMOBILIARIA E INVERSIONES HARE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 21 de enero de 2003
- Notario
- ALEJANDRO AMÉRICO ÁLVAREZ BARRERA
- Domicilio
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $30.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEJANDRO AMÉRICO ÁLVAREZ BARRERA, Notario Público de Santiago, con oficio en Huérfanos N° 1160, subsuelo, Suplente del Tit ular don Félix Jara Cadot, certifica que: por escritura pública de hoy ante mí: Piquero Producciones Limitada, rol único tributario Nº78.969.560-1, domiciliada en Antonio Varas 335, Providencia, Santiago; María Isidora Cabezón Papic, domiciliada en Diego de Almagro 3073, Providencia, Santiago; y Javiera Fuentes Artiagoitia, domiciliada en Alcalde Almanzor Ureta 1220, departamento 104, Las Condes, Santiago; modifican sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES HARE LIMITADA, rol único tributario Nº77.922.060-5, constituida el 21 de enero 2003, ante Notario de Santiago Patricio Zaldívar Mackenna, inscrita fs. 3768, Nº 3014, Registro de Comercio de Santiago año 2003, en el siguiente sentido: 1.- María Isidora Cabezón Papic, vende, cede y transfiere a Javiera Fuentes Artiagoitia, quien los compra, acepta y adquiere para sí, el 2% de los derechos sociales, ingresando como socia. Consecuencia de estas cesiones, se retira María Isidora Cabezón Papic de INMOBILIARIA E INVERSIONES HARE LIMITADA y quedan como únicos socios Piquero Producciones Limitada, con 98% y Javiera Fuentes Artiagoitia, con el 2% de los derechos sociales. 2.- Los actuales socios acuerdan modificar artículo cuarto referido al capital, para reflejar las nuevas participaciones de socios. “CUARTO: Capital. El capital de la sociedad es la suma de $30.000.000.-, que se ha aportado por los socios en la siguiente forma: a) Piquero Producciones Limitada, aporta la suma de $29.400.000.-, que corresponde al 98% del capital social, la que ha sido ingresada a la caja social con anterioridad a esta fecha; b) JAVIERA FUENTES ARTIAGOITIA, aporta la suma de $600.000.-, que corresponde al 2% del capital social, la que ha sido ingresada a la caja social con anterioridad a esta fecha; los socios declaran estar de acuerdo con las sumas y porcentajes señalados”.. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 28 de mayo de 2019.- ALEJANDRO AMÉRICO ÁLVAREZ BARRERA.- N.P.S.