MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Comercializadora Tinoyas Soluciones Limitada

RUT 76388846-0 CVE 1600770
Fecha instrumento
16 de junio de 2014

Instrumento

Fecha
16 de junio de 2014
Notario
María Soledad Lascar Merino
Domicilio
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

María Soledad Lascar Merino, abogado, Notario Público de Santiago, de la 38° Notaría y oficio en calle Miraflores N° 178 piso quinto, certifica: Que con fecha 3/04/2019, ante mi suplente doña Antonieta Marina Rojas Pontigo, doña YASNA VALESKA CORVALAN NUÑEZ, chilena, soltera, comerciante, C.I. N° 13.755.806-8, don DANILO ANSELMO VALENZUELA MARTINEZ, chileno, soltero, comerciante, C.I. N° 12.460.497-4, ambos domiciliados en Pasaje Matico 609, comuna de Lampa, Región Metropolitana, y don PABLO CAMILO CASTRO VALENZUELA, chileno, soltero, vendedor, C.I. 19.184.671-0, domiciliado en Pasaje Navidad 1303, comuna de Pudahuel, Región Metropolitana, vienen en modificar “Comercializadora Tinoyas Soluciones Limitada”, constituida por escritura pública de fecha 16 de Junio de 2014, ante el Notario de Santiago doña Mónica Lorena Figueroa Carvajal, la que se encuentra inscrita a fojas 47.067 N° 29.117, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2014 y publicada en el Diario Oficial con fecha 02 de Julio de 2014. MODIFICACION: Por el presente instrumento don Danilo Anselmo Valenzuela Martínez, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos que ascienden a un 50% de la siguiente forma: a) doña Yasna Valeska Corvalán Núñez, un 49% en la suma de $490.000, y b) don Pablo Camilo Castro Valenzuela, un 1% en la suma de $10.000, precios que se pagan en este acto, en dinero efectivo, declarando don Danilo Anselmo Valenzuela Martínez, recibirlos conforme y a su entera satisfacción; como consecuencia de las cesiones antes indicadas, quedan como únicos socios doña Yasna Valeska Corvalán Núñez, con un 99% y don Pablo Camilo Castro Valenzuela, un 1% del haber social. El socio que se retira y la sociedad, se otorgan el más amplio, total y completo finiquito. En lo no modificado se mantiene estatuto social vigente. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 09 de Mayo de 2019.