Instrumento
- Fecha
- 15 de mayo de 2019
- Notario
- MANUEL ALEJANDRO ACEVEDO BUSTOS
- Domicilio
- Linares
Sociedad
- Domicilio
- Su domicilio será la ciudad de Villa Alegre
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será Transporte, Ganadería, Agricultura, Venta de lubricantes para vehículos de motor y en general servicios de Lubricentro, y cualquier otra actividad económica o comercial que el accionista determine o los accionistas acuerden
Administración
La administración de la sociedad será ejercida por don MIGUEL HUMBERTO CANCINO GARCIA, ya individualizado, quien representará judicial y extrajudicialmente a la sociedad, según facultades que se señalan en la escritura
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMANUEL ALEJANDRO ACEVEDO BUSTOS, Abogado, Notario Público Interino Linares, Independencia N° 566, certifico: que por escritura pública hoy, ante mí, el compareciente don MIGUEL HUMBERTO CANCINO GARCIA, de nacionalidad chilena, empresario, casado, domiciliado en Lomas Las Tortillas Lote 2 S/N, comuna de Villa Alegre, y de tránsito en ésta, cédula nacional de identidad número siete millones setecientos cincuenta y siete mil seiscientos cincuenta y seis guión ocho, constituyó Sociedad por Acciones: Nombre: “SOCIEDAD AGRICOLA SANTA MARINA SpA”. Domicilio: Su domicilio será la ciudad de Villa Alegre sin perjuicio de las agencias, oficinas, sucursales o establecimientos que instale en otros puntos del país o el extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad será Transporte, Ganadería, Agricultura, Venta de lubricantes para vehículos de motor y en general servicios de Lubricentro, y cualquier otra actividad económica o comercial que el accionista determine o los accionistas acuerden. Capital: El capital de la sociedad será la suma de mil ciento noventa y dos millones quinientos ochenta y cinco mil cuarenta y tres pesos, dividido en mil ciento noventa y dos millones quinientos ochenta y cinco mil cuarenta y tres acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de una misma serie e igual valor, que se suscribe y paga en este acto. Duración: La sociedad comenzará a regir a contar de la fecha de la presente escritura y su duración será indefinida. Administración: La administración de la sociedad será ejercida por don MIGUEL HUMBERTO CANCINO GARCIA, ya individualizado, quien representará judicial y extrajudicialmente a la sociedad, según facultades que se señalan en la escritura. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Linares, 15 de Mayo de 2019.-