SOCIEDAD ADMINISTRACIÓN, SERVICIOS Y ASESORÍAS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de mayo de 2019
- Notario
- JORGE ELIAS TADRES HALES
- Domicilio
- Temuco
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifica: por escritura fecha 24 de Mayo de 2019, ante mí, ANDREA MARÍA PAOLA DEL RÍO SALAS, chilena, soltera, cirujano dentista, cédula nacional de identidad número quince millones quinientos dos mil trescientos doce guión cero, domiciliada en calle Las Caballerizas número ciento veinticuatro, Altos del Maipo II, comuna y ciudad de Temuco; LILIAN PATRICIA SALAS TRAUTMANN, chilena, divorciada, profesora de educación básica, cédula nacional de identidad número cinco millones quinientos noventa y siete mil trescientos cincuenta y tres guión nueve, domiciliada en calle Los Pastores número mil setecientos cuarenta y cinco, Juan Pablo II, comuna y ciudad de Temuco; y, MARCELO ALEJANDRO DEL RÍO SALAS, chileno, soltero, trabajador social, cédula nacional de identidad número trece millones quinientos quince mil cuatrocientos cincuenta y cuatro guión siete, domiciliado en calle Los Ganaderos número cero tres mil setecientos veintiuno, Altos del Maipo, comuna y ciudad de Temuco, expusieron: Por escritura pública de fecha ocho de octubre del año dos mil catorce, otorgada ante el Notario Público de Temuco don Héctor Efraín Basualto Bustamante, Repertorio número seis mil doscientos ochenta y tres guión dos mil catorce, los comparecientes transformaron la empresa ANDREA MARÍA PAOLA DEL RÍO SALAS ADMINISTRACIÓN, SERVICIOS Y ASESORÍAS EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA en una sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social es SOCIEDAD ADMINISTRACIÓN, SERVICIOS Y ASESORÍAS LIMITADA, Rol Único Tributario número setenta y seis millones trescientos siete mil seiscientos treinta y dos guión seis. Un extracto de la citada escritura pública de transformación se publicó en el Diario Oficial en su edición número cuarenta mil novecientos ochenta y nueve, de fecha veintidós de octubre del año dos mil catorce, y se inscribió a Fojas mil setecientos cincuenta y ocho Número mil trescientos catorce en el Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año dos mil catorce. El capital de la sociedad asciende a la suma de tres millones seiscientos mil pesos.- PRESENTE RECTIFICACIÓN. En la cláusula segunda de la escritura pública de transformación, los comparecientes declararon que la sociedad quedaba “constituida exclusivamente por los socios doña ANDREA MARÍA PAOLA DEL RÍO SALAS, con un ochenta por ciento de la participación social, doña LILIAN PATRICIA SALAS TRAUTMANN, con un diez por ciento de dicha participación y don MARCELO ALEJANDRO DEL RÍO SALAS con un diez por ciento de la participación social”. Sin embargo, y atendido el capital suscrito y pagado por cada uno de los socios, los porcentajes que a cada uno correspondía en el total de derechos sociales fue calculado erróneamente. En consecuencia, en acto escritura extractada y por el presente instrumento, los comparecientes rectifican la cláusula segunda de la escritura pública de transformación, en el sentido que, atendido el capital suscrito y pagado por cada uno de ellos, doña ANDREA MARÍA PAOLA DEL RÍO SALAS es titular del ochenta y tres coma cuatro por ciento del total de los derechos sociales; doña LILIAN PATRICIA SALAS TRAUTMANN es titular del ocho coma tres por ciento del total de los derechos sociales; y, don MARCELO ALEJANDRO DEL RÍO SALAS es titular del ocho coma tres por ciento del total de los derechos sociales.- PRESENTE MODIFICACION: don MARCELO ALEJANDRO DEL RÍO SALAS, vende, cede y transfiere a doña ANDREA MARÍA PAOLA DEL RÍO SALAS, quien compra, acepta y adquiere para sí el cincuenta por ciento de su participación en el capital social, equivalente al cuatro coma quince por ciento del total de los derechos sociales de SOCIEDAD ADMINISTRACIÓN, SERVICIOS Y ASESORÍAS LIMITADA, y, vende, cede y transfiere a doña LILIAN PATRICIA SALAS TRAUTMANN, quien compra, acepta y adquiere para sí el restante cincuenta por ciento de su participación en el capital social, equivalente al cuatro coma quince por ciento del total de los derechos sociales de SOCIEDAD ADMINISTRACIÓN, SERVICIOS Y ASESORÍAS LIMITADA.- El precio total de cada cesión acordada en la cláusula precedente asciende a la suma de ciento cincuenta mil pesos, pagados forma estipulada en escritura extractada.- Como consecuencia de la cesión se modifican los socios de la sociedad y la participación de éstos, la que queda de la siguiente manera: a) doña ANDREA MARÍA PAOLA DEL RÍO SALAS es titular del ochenta y siete coma cincuenta y cinco por ciento del total de los derechos sociales; y, b) doña LILIAN PATRICIA SALAS TRAUTMANN es titular del doce coma cuarenta y cinco por ciento del total de los derechos sociales.- Las socias acuerdan modificar la cláusula duodécima de los estatutos sociales y la reemplazan íntegramente por la del siguiente tenor: “DUODÉCIMO: Las utilidades y eventuales pérdidas de la sociedad se repartirán entre los socios, de común acuerdo, una vez practicado el balance general al treinta y uno de diciembre de cada año. De no existir acuerdo, se repartirán a prorrata de su participación en el capital social”.- En todo lo no modificado por la presente escritura, se mantienen plenamente vigentes los estatutos sociales.- Demás estipulaciones escritura extractada. Temuco, 31 de Mayo de 2019.