COMERCIALIZADORA MSC LAGO RANCO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de mayo de 2019
- Notario
- ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $300.000 CLP
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será a) la realización de toda clase de inversiones en bienes corporales e incorporales; la participación en todo tipo de sociedades y en general, la realización de cualesquiera otra forma de inversión o actividad que la administración acuerde en conformidad a la ley; b) La prestación de todo tipo de servicios profesionales. Capital social es de $300.000.- dividido en 300.000.- de acciones de una misma serie y sin valor nominal, suscrito y pagado íntegramente por los socios en dinero efectivo con anterioridad a la fecha de otorgamiento de escritura y que corresponde al capital aportado de la sociedad Comercializadora MSC Lago Ranco Limitada, en la siguiente forma: a) Francisco de Borja Santa Cruz Vial, suscribe 150.000 .- acciones, por un valor total de $150.000.- los que ha enterado y pagado con anterioridad a esta fecha b) Claudia Verónica Calzón Álvarez, suscribe en este acto 150.000.- acciones por un valor total de $150.000.- los que ha enterado y pagado con anterioridad a esta fecha
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaria de Santiago, con oficio en La Concepción 65, piso 2, comuna de Providencia. Certifica que con fecha 2 de mayo de 2019, por escritura pública ante mí, Francisco de Borja Santa Cruz Vial, cédula nacional de identidad número 7.006.227-5 y doña Claudia Verónica Calzón Álvarez, cédula nacional de identidad número 6.371.153-5, ambos domiciliados en Santiago, calle Camino del Cerro Alto número diez mil ciento sesenta casa C, Comuna de Lo Barnechea, modificaron sociedad COMERCIALIZADORA MSC LAGO RANCO LIMITADA, Rut. 77.751.910-7, inscrita a fojas 11.173 número 9.252, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2002; en el siguiente sentido: 1) Los socios reemplazaron la razón social por la de Rentas e Inversiones Lago Ranco Limitada, 2) los socios reemplazaron el objeto social por el siguiente: El objeto de la sociedad será a) la realización de toda clase de inversiones en bienes corporales e incorporales; la participación en todo tipo de sociedades y en general, la realización de cualesquiera otra forma de inversión o actividad que la administración acuerde en conformidad a la ley; b) La prestación de todo tipo de servicios profesionales. 3) los socios vienen transformar la sociedad en una sociedad anónima cerrada, denominada sociedad RENTAS E INVERSIONES LAGO RANCO SA. pudiendo usarse por abreviación y para fines comerciales, bancarios y de publicidad la sigla o nombre de fantasía Lago Ranco SA. Domicilio ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda abrir o establecer en otras ciudades del país o en el extranjero. Duración: La duración de la sociedad será indefinida.- Objeto: El objeto de la sociedad será a) la realización de toda clase de inversiones en bienes corporales e incorporales; la participación en todo tipo de sociedades y en general, la realización de cualesquiera otra forma de inversión o actividad que la administración acuerde en conformidad a la ley; b) La prestación de todo tipo de servicios profesionales. Capital social es de $300.000.- dividido en 300.000.- de acciones de una misma serie y sin valor nominal, suscrito y pagado íntegramente por los socios en dinero efectivo con anterioridad a la fecha de otorgamiento de escritura y que corresponde al capital aportado de la sociedad Comercializadora MSC Lago Ranco Limitada, en la siguiente forma: a) Francisco de Borja Santa Cruz Vial, suscribe 150.000 .- acciones, por un valor total de $150.000.- los que ha enterado y pagado con anterioridad a esta fecha b) Claudia Verónica Calzón Álvarez, suscribe en este acto 150.000.- acciones por un valor total de $150.000.- los que ha enterado y pagado con anterioridad a esta fecha.- Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 30 de mayo de 2019.