Claro Servicios Empresariales S.A.
Instrumento
- Fecha
- 31 de mayo de 2019
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJean Jacques Dutrey Ossa, Notario Suplente del Titular de la Octava Notaría de Santiago, Sr. Luis Ignacio Manquehual Mery, ambos domiciliados en calle Huérfanos 941, local 302, Pasaje Matte, Santiago, certifico que con fecha 23 de mayo de 2019, ante el Titular, se redujo a escritura pública acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de Claro Servicios Empresariales S.A. celebrada ante el Titular con la misma fecha (en adelante la “Junta”), la cual aprobó: (1) La fusión por incorporación de Claro Servicios Empresariales S.A. en Claro Infraestructura 171 S.A., rol único tributario número 88.381.200-K (la cual pasará a denominarse “Claro Servicios S.A.” a contar del día 31 de mayo de 2019), siendo ésta última la absorbente de aquella. Conforme lo acordado, la fusión tendrá efecto legal y vigencia contable y financiera a contar del 1 de junio de 2019. A contar de dicha fecha, en virtud de la fusión, Claro Infraestructura 171 S.A. adquirirá la totalidad de los activos, pasivos y patrimonio de Claro Servicios Empresariales S.A., la que se disolverá de pleno derecho y sin necesidad de liquidación, siendo su continuadora legal Claro Infraestructura 171 S.A., quien se hace responsable y se obliga a pagar todos los impuestos que adeudare Claro Servicios Empresariales S.A., de conformidad a lo dispuesto en el artículo 69 del Código Tributario. Asimismo, para los efectos del artículo 64 del Código Tributario, Claro Infraestructura 171 S.A. mantendrá registrado el valor tributario que tenían los activos y pasivos de Claro Servicios Empresariales S.A.; (2) Los antecedentes que sirvieron de base para la aprobación de la fusión, esto es: (i) documento que contiene los “Términos y Condiciones de la Fusión” de fecha 22 de mayo de 2019; (ii) balances de Claro Infraestructura 171 S.A. y Claro Servicios Empresariales S.A., al 31 de diciembre de 2018, auditados por la empresa de auditoría externa EY Audit SpA; y (iii) informe pericial emitido por el señor Alejandro Espinosa González de fecha 22 de mayo de 2019; (3) La relación de canje aprobada por la Junta fue de 1 acción de Claro Infraestructura 171 S.A. por cada acción de Claro Servicios Empresariales S.A. que sea de propiedad de los accionistas de ésta última, distintos de Claro Infraestructura 171 S.A.; (4) Los estatutos refundidos de Claro Infraestructura 171 S.A. Los demás acuerdos no son materia de extracto. Se facultó al portador de este extracto para su legalización. Santiago, 30 de mayo de 2019. Jean Jacques Dutrey Ossa. Notario Suplente.-