Instrumento
- Fecha
- 28 de mayo de 2019
- Repertorio
- 25135-2019
- Notario
- María Soledad Lascar merino
- Oficio
- 38° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
i) Desarrollar asesorías jurídicas, gerenciales, en materia de relaciones internacionales y comercio exterior, conjuntamente con la prestación de servicios a potenciales inversionistas extranjeros en el país; ii) La inversión en toda clase de bienes, sean corporales o incorporales, intelectuales, muebles o inmuebles, por cuenta propia o por cuenta ajena; y iii) La realización de los demás objetos que los accionistas acuerden para la Sociedad. Para el cumplimiento de su objeto, la Sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para los fines indicados, para el desarrollo de su negocio o para la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad; en especial, podrá participar en toda clase de sociedades, cualquiera sea su objeto, civiles o comerciales, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada, sociedades por acciones u otras, joint ventures, asociaciones gremiales y profesionales y todo tipo de asociaciones en general
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaría Soledad Lascar merino, Notario Público Titular de la 38° Notaría de Santiago, con domicilio en Miraflores 178, piso 5, ciudad y comuna de Santiago, certifica: por escritura pública otorgada con fecha 28 de mayo de 2019, ante mí, Repertorio 25135-2019, doña Claudia Elizabeth Kraemer Giuliano constituyó sociedad por acciones de cuyos estatutos extracto: Nombre: “Asesorías e Inversiones Los Notros SpA”, pudiendo usar para fines comerciales, bancarios y publicitarios la expresión “Los Notros SpA”. Objeto: i) Desarrollar asesorías jurídicas, gerenciales, en materia de relaciones internacionales y comercio exterior, conjuntamente con la prestación de servicios a potenciales inversionistas extranjeros en el país; ii) La inversión en toda clase de bienes, sean corporales o incorporales, intelectuales, muebles o inmuebles, por cuenta propia o por cuenta ajena; y iii) La realización de los demás objetos que los accionistas acuerden para la Sociedad. Para el cumplimiento de su objeto, la Sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para los fines indicados, para el desarrollo de su negocio o para la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad; en especial, podrá participar en toda clase de sociedades, cualquiera sea su objeto, civiles o comerciales, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada, sociedades por acciones u otras, joint ventures, asociaciones gremiales y profesionales y todo tipo de asociaciones en general. Capital: $1.000.000.- dividido en 1.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, igual valor cada una y sin valor nominal; todas suscritas y pagadas al contado y en dinero efectivo acto escritura constitución. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para su legalización. Santiago, 30 de mayo de 2019.