Reynolds y Vente Limitada
Instrumento
- Fecha
- 17 de mayo de 2012
- Notario
- ALEJANDRO AMÉRICO ÁLVAREZ BARRERA
- Domicilio
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $98.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEJANDRO AMÉRICO ÁLVAREZ BARRERA, Notario Público de Santiago, con oficio en Huérfanos N° 1160, subsuelo, Suplente del Titular don Félix Jara Cadot, certifica que: por escritura pública de hoy ante mí, Javier Enrique Vente Muñoz, domiciliado en Reina Astrid 893, Las Condes, Santiago; Bradley Michael Reynolds, domiciliado en Miguel Claro 195, oficina 810, Providencia, Santiago; y Lorena Angélica Rivera Medina, domiciliada en Santos Dumont 190, departamento 606, Recoleta, Santiago; modifican sociedad REYNOLDS Y VENTE LIMITADA, rol único tributario Nº 76.214.836-6, constituida el 17 de mayo 2012, ante Notario de Santiago Sergio Jara Catalán, inscrita fs. 34083, Nº 23903, Registro de Comercio de Santiago año 2012, en el siguiente sentido: 1.- Bradley Michael Reynolds, cede y transfiere a Javier Enrique Vente Muñoz, quien acepta y adquiere para sí, el 79% de los derechos sociales- 2.- Bradley Michael Reynolds, cede y transfiere a Lorena Angélica Rivera Medina, quien acepta y adquiere para sí, el 1% de los derechos sociales, ingresando como socia. Consecuencia de estas cesiones, se retira Bradley Michael Reynolds de REYNOLDS Y VENTE LIMITADA y quedan como únicos socios Javier Enrique Vente Muñoz, con 99% y Lorena Angélica Rivera Medina, con el 1% de los derechos sociales. 3.-Los actuales socios acuerdan: A) Reemplazar nombre de sociedad. Al efecto modifican cláusula segunda de estatutos, que reemplazan íntegramente: “La razón social será “INVERSIONES VENTE LIMITADA”, pudiendo usar nombre de fantasía “Vente Limitada” para todos los efectos. B) Modificar administración y uso de razón social establecida en cláusula cuarta que se reemplaza íntegramente. Queda “El uso de la razón social y la administración corresponderá a don Javier Enrique Vente Muñoz y a doña Lorena Angélica Rivera Medina, individual e indistintamente, cada uno con amplias facultades señaladas en escritura extractada. C) Reemplazar cláusula quinta referida al capital, para reflejar las nuevas participaciones de socios. “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de 98.000.000.-, que se ha aportado y aportará por los socios en la siguiente forma: a) Javier Enrique Vente Muñoz aporta la suma de $97.020.000.-, que corresponde al 99% del capital social, la que ha sido ingresada a la caja social con anterioridad a esta fecha; b) Lorena Angélica Rivera Medina aporta la suma de $980.000.-, que corresponde al 1% del capital social, suma que ha sido ingresada a la caja social con anterioridad a esta fecha.”. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 16 de mayo de 2019.- ALEJANDRO AMÉRICO ÁLVAREZ BARRERA.- N.P.S.