Orbe Inversiones S.A.
Instrumento
- Fecha
- 15 de mayo de 2019
- Notario
- Alejandro Américo Alvarez Barrera
- Oficio
- 41 Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Acta Junta Extraordinaria de Accionistas de ORBE INVERSIONES S.A | socio | 76425394-9 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalAlejandro Américo Alvarez Barrera, Notario Público 41 Notaría Santiago, Suplente titular Félix Jara Cadot, Huérfanos 1160, subsuelo, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, se redujo a escritura pública Acta Junta Extraordinaria de Accionistas de ORBE INVERSIONES S.A., RUT 76.425.394-9, inscrita a fojas 90.928 N. 55.459 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago año 2014. La Junta acordó de forma unánime: 1. Ampliar el objeto social a la realización de corretajes de propiedades en general, la prestación de servicios de consultoría inmobiliaria, administración de propiedades y en general, la celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo en cualquier actividad no comercial relacionada directa o indirectamente con los objetivos anteriores. 2. Agregar el nombre de fantasía “B2B Propiedades”. 3. La Junta por unanimidad acordó modificar el artículo Primero y Cuarto de los estatutos sociales, reemplazándolos íntegramente por los siguientes: “ARTÍCULO PRIMERO: El nombre de la sociedad es “Orbe Inversiones S.A., pudiendo usar, para todos los efectos legales, incluso bancarios, el nombre de fantasía “B2B Propiedades”. “ARTÍCULO CUARTO : El objeto de la Sociedad es la inversión con fines rentísticos de toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles; la inversión en todo tipo de títulos, derechos, valores o efectos de comercio, la participación en todo tipo de proyectos de inversión, sociedades, comunidades o asociaciones de tipo rentístico; realizar corretajes de propiedades en general, la prestación de servicios de consultoría inmobiliaria, administración de propiedades; y en general, la celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo en cualquier actividad no comercial relacionada directa o indirectamente con los objetivos anteriores.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 15 mayo 2019. Alejandro Américo Álvarez Barrera N.P.S.-