INMOBILIARIA E INVERSIONES INVERHOME LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de octubre de 2018
- Repertorio
- 21266-2018
- Notario
- MANUEL RAMIREZ ESCOBAR
- Domicilio
- Eduardo Javier Diez Morello
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
- Ley aplicable
- ley Nº 20190
Objeto social
El objeto de la sociedad será: uno) la adquisición y enajenación de bienes raíces, su explotación directa o a través de terceros en cualquier forma; dos) su administración y percepción de sus frutos; tres) La inversión en bienes corporales o incorporales de toda clase, como acciones, debentures y cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles; su adquisición, enajenación a cualquier título, administrarlos y percibir sus frutos; cuatro) Ejecutar actos de mediación remunerada entre contratantes para facilitar la conclusión de operaciones sobre inmuebles, establecimientos comerciales o industriales, tales como, compraventas, permutas, arrendamientos, tasaciones, pudiendo administrar inmuebles ajenos, y , en general, ejecutar cualquier acto o contrato vinculado directa o indirectamente al corretaje de propiedades; cinco) La compraventa, distribución, representación, arrendamiento, importación y exportación de todo tipo de equipos, instrumental, implementos o insumos de bienes muebles e inmuebles, vehículos motorizados; seis) Construir, reparar, restaurar, ampliar, modificar bienes muebles e inmuebles, por cuenta propia o ajena; siete) Cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores y demás actividades y negocios que acuerden los accionistas, sin necesidad de modificar los estatutos sociales
Administración
Se nombra administrador de la sociedad de acuerdo con lo dispuesto y para que actúe en los términos señalados en el ARTÍCULO 5º de los estatutos a TRINIDAD MICHELLE NIETO NORAMBUENA, quien, anteponiendo su firma a la razón social, tendrá todas y cada una de las facultades indicadas en el ARTÍCULO QUINTO de los estatutos. Se establece, que, por esta única vez, no será necesario anotar marginalmente en la inscripción social la designación de administrador
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| TRINIDAD MICHELLE NIETO NORAMBUENA | socio | 12142143-7 | — | — | |
| MANUEL ALEJANDRO PAVEZ MARCHANT | socio | 11664586-6 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMANUEL RAMIREZ ESCOBAR, Abogado, Notario Público, Suplente de Eduardo Javier Diez Morello, Notario Titular de la 34 Notaría Santiago, Luis Thayer Ojeda Nº 359, Providencia; Certifico que por escritura pública del 30/10/2018, otorgada ante mí, bajo el Repertorio Nº 21.266-2018; doña TRINIDAD MICHELLE NIETO NORAMBUENA, empresaria, CI Nº 12.142.143-7, Chinquihue km 15, s, Puerto Montt, paso en esta y MANUEL ALEJANDRO PAVEZ MARCHANT, comerciante, CI Nº 11.664.586-6, Av. Angelmo 1366, Puerto Montt, paso en esta, modificaron y transformaron la sociedad denominada INMOBILIARIA E INVERSIONES INVERHOME LIMITADA, constituida por escritura pública del 30 de Octubre de 2015, en la Notaría de Santiago, de Clovis Toro Campos, extracto se inscribió a fs.83.611 Nº48.797, Registro de Comercio, Conservador de Bienes Raíces de Santiago, año 2015, ha tenido modificaciones.- Modificación Social: Se retira de la sociedad el socio Manuel Alejandro Pávez Marchant, quien vende cede y transfiere la totalidad de los derechos sociales que le corresponden en la sociedad que corresponde a un 20% del total del capital y derechos sociales a Trinidad Michelle Nieto Norambuena, quien compra y adquiere para sí, en $600.000, que se ha pagado por la cedente a la cesionaria y recibido conforme por esta. Del modo relacionado, queda como única socia Trinidad Michelle Nieto Norambuena quien transforma Inmobilaria e Inversiones Limitada en una sociedad por acciones la que se regirá por las estipulaciones de sus estatutos, que a continuación se transcriben, por las disposiciones de la ley Nº 20190, sobre mercado de capitales y 18.046 sobre Sociedades Anónimas, sus modificaciones y su Reglamento, bajo el nombre “INMOBILARIA E INVERSIONES SpA” o “ INVERHOME SpA.”.- Objeto: El objeto de la sociedad será: uno) la adquisición y enajenación de bienes raíces, su explotación directa o a través de terceros en cualquier forma; dos) su administración y percepción de sus frutos; tres) La inversión en bienes corporales o incorporales de toda clase, como acciones, debentures y cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles; su adquisición, enajenación a cualquier título, administrarlos y percibir sus frutos; cuatro) Ejecutar actos de mediación remunerada entre contratantes para facilitar la conclusión de operaciones sobre inmuebles, establecimientos comerciales o industriales, tales como, compraventas, permutas, arrendamientos, tasaciones, pudiendo administrar inmuebles ajenos, y , en general, ejecutar cualquier acto o contrato vinculado directa o indirectamente al corretaje de propiedades; cinco) La compraventa, distribución, representación, arrendamiento, importación y exportación de todo tipo de equipos, instrumental, implementos o insumos de bienes muebles e inmuebles, vehículos motorizados; seis) Construir, reparar, restaurar, ampliar, modificar bienes muebles e inmuebles, por cuenta propia o ajena; siete) Cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores y demás actividades y negocios que acuerden los accionistas, sin necesidad de modificar los estatutos sociales. Capital.- $3.000.000, dividido en 1000 acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción tendrá derecho a voto; que se suscribe y paga de la siguiente forma: Trinidad Michelle Nieto Norambuena suscribe en este acto 1000 acciones que equivalen a $3.000.000, vale decir $3000 por acción, los que se encuentran íntegramente pagados e ingresados en las arcas sociales.- ADMINISTRACION: Se nombra administrador de la sociedad de acuerdo con lo dispuesto y para que actúe en los términos señalados en el ARTÍCULO 5º de los estatutos a TRINIDAD MICHELLE NIETO NORAMBUENA, quien, anteponiendo su firma a la razón social, tendrá todas y cada una de las facultades indicadas en el ARTÍCULO QUINTO de los estatutos. Se establece, que, por esta única vez, no será necesario anotar marginalmente en la inscripción social la designación de administrador. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 24 de Mayo de 2019.-