CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

MILLENNIALS CONSULTORES EN SEGUROS SpA

CVE 1598729
Fecha instrumento
23 de mayo de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
23 de mayo de 2019
Notario
JOSE MANUEL CIFUENTES GUERRA
Oficio
titular de la Décima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
El domicilio de la sociedad es la comuna de Las Condes, ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad es: a) El corretaje de seguros, comprendiendo la asesoría y gestión en la compra, venta, diseño y administración de pólizas y convenios colectivos, dirigido a todo tipo de personas, naturales o jurídicas y a entidades del sector público o privado, de todo tipo, duración y naturaleza, sobre muebles, inmuebles, corporales o incorporales, incluidos seguros de personas, como vida, desgravamen, cesantía y cualquier otro; b) La prestación de servicios de consultoría y asesoría en materia de seguros generales y de vida, sea de manera individual o colectiva, dirigido a todo tipo de persona, natural o jurídica, pública o privada, y en general la asesoría, consultoría y provisión de servicios vinculados a seguros generales y de vida; c) La realización de todos los actos de comercio, contratos, convenciones y negocios relacionados directa o indirectamente a los rubros anteriores que los accionistas acuerden

Administración

La sociedad será administrada indistintamente por dos Administradores. Administradores: MARÍA SOLEDAD PACHECO JARAMILLO y SEBASTIÁN ALEJANDRO GALLEGUILLOS, quienes actuarán por la sociedad según facultades que se señalan en escritura

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOSE MANUEL CIFUENTES GUERRA, abogado, Notario Público Suplente de la titular de la Décima Notaría de Santiago, de doña VALERIA RONCHERA FLORES, con oficio en Calle Agustinas número mil doscientos treinta y cinco, Local 2, 1°y 2° piso, Santiago, Certifico que por Escritura Pública de 23/05/2019, otorgada ante mí, doña MARÍA SOLEDAD PACHECO JARAMILLO, chilena, soltera, gerente comercial, cédula nacional de identidad número dieciséis millones ciento setenta y siete mil doscientos setenta y cinco guion cinco y don ALEJANDRO GALLEGUILLOS ASTORGA, chileno, soltero, corredor de seguros generales y de vida, cédula nacional de identidad número dieciséis millones quinientos cincuenta y ocho mil quinientos veintinueve guion uno, todos domiciliados en Pintor Pacheco Altamirano número doscientos sesenta y cuatro, comuna de La Reina, Santiago, constituyeron Sociedad por Acciones: Nombre: “MILLENNIALS CONSULTORES EN SEGUROS SPA”. Domicilio: El domicilio de la sociedad es la comuna de Las Condes, ciudad de Santiago. Duración: Indefinida. Objeto: El objeto de la sociedad es: a) El corretaje de seguros, comprendiendo la asesoría y gestión en la compra, venta, diseño y administración de pólizas y convenios colectivos, dirigido a todo tipo de personas, naturales o jurídicas y a entidades del sector público o privado, de todo tipo, duración y naturaleza, sobre muebles, inmuebles, corporales o incorporales, incluidos seguros de personas, como vida, desgravamen, cesantía y cualquier otro; b) La prestación de servicios de consultoría y asesoría en materia de seguros generales y de vida, sea de manera individual o colectiva, dirigido a todo tipo de persona, natural o jurídica, pública o privada, y en general la asesoría, consultoría y provisión de servicios vinculados a seguros generales y de vida; c) La realización de todos los actos de comercio, contratos, convenciones y negocios relacionados directa o indirectamente a los rubros anteriores que los accionistas acuerden. Capital: es la suma de un millón quinientos mil pesos, dividido en mil quinientas acciones nominativas, sin valor nominal, las que se suscriben y pagan conforme a lo señalado en el artículo primero transitorio. Administración: La sociedad será administrada indistintamente por dos Administradores. Administradores: MARÍA SOLEDAD PACHECO JARAMILLO y SEBASTIÁN ALEJANDRO GALLEGUILLOS, quienes actuarán por la sociedad según facultades que se señalan en escritura. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 23 de Mayo del 2019.