Campamentos Modulares SpA
Instrumento
- Fecha
- 12 de abril de 2019
- Repertorio
- 11512/2019
- Notario
- ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
/a) el diseño, construcción, ingeniería, montaje, mantención industrial, mecánico, eléctrico o de cualquier otra clase; /b) el arriendo de módulos y contenedores, la fabricación y reparación de estructuras e instalaciones mecánicas para plantas y proyectos individuales y civiles; c) la prestación, en general, de toda clase de servicio para la minería relacionado, directa o indirectamente, con los objetos antes mencionados, y d) el arrendamiento, compra, venta y en general la adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces o inmuebles, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también el desarrollo de proyectos inmobiliarios, sea directamente o a través de otras sociedades. Para el cumplimiento de los objetos antes referidos, la sociedad podrá ejecutar cualquier acto y celebrar cualquier contrato que sea necesario
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular 36 Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, Providencia, Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 12 de abril de 2019, repertorio N° 11.512/2019, ante mí, GRUPO SANTA MARTA SpA y SERVICIOS ESPECIALES SpA, ambas representadas por CRISTIAN GERARDO MARIN CUEVAS, modificaron los estatutos de CAMPAMENTOS MODULARES SpA, otorgando a la vez un nuevo texto de los estatutos sociales, de los cuales se extracta lo que sigue: Nombre: "Campamentos Modulares SpA". Objeto social: /a/ el diseño, construcción, ingeniería, montaje, mantención industrial, mecánico, eléctrico o de cualquier otra clase; /b/ el arriendo de módulos y contenedores, la fabricación y reparación de estructuras e instalaciones mecánicas para plantas y proyectos individuales y civiles; c) la prestación, en general, de toda clase de servicio para la minería relacionado, directa o indirectamente, con los objetos antes mencionados, y d) el arrendamiento, compra, venta y en general la adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces o inmuebles, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también el desarrollo de proyectos inmobiliarios, sea directamente o a través de otras sociedades. Para el cumplimiento de los objetos antes referidos, la sociedad podrá ejecutar cualquier acto y celebrar cualquier contrato que sea necesario. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de setecientos sesenta y un millones seiscientos doce mil ciento dos pesos, dividido en quinientos cincuenta y siete mil ciento noventa y dos acciones de la serie A preferente, nominativas, sin valor nominal, y cuarenta y seis mil seiscientas ochenta acciones de la serie B preferente, nominativas, sin valor nominal. La totalidad de las acciones se ha suscrito y pagado en la forma que establece el Artículo Primero Transitorio de los estatutos. Las acciones serie A y serie B tendrán las preferencias, obligaciones y derechos especiales que se establecen en el Artículo Segundo Transitorio de los estatutos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 30 de abril 2019. Andrés Rieutord Alvarado. Notario Público Titular.