CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

PURE HEALTHY CENTRO DE ESTETICA Y SPA LIMITADA

CVE 1598152
Fecha instrumento
23 de mayo de 2019
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
23 de mayo de 2019
Notario
Julio Abuyeres Jadue
Domicilio
Quillota

Sociedad

Domicilio
comuna de La Cruz pudiendo abrir sucursales o agencias en cualquier otro lugar del país o del extranjero. ADMINISTRACIÓN Y USO
Duración
1 año, a contar fecha escritura extractada, renovables tácita, automática y sucesivamente, por períodos iguales, forma indicada misma escritura. RESPONSABILIDAD: Socios limitan responsabilidad al monto sus respectivos

Objeto social

El objeto de la sociedad será el servicio de estética corporal, mantención y acondicionamiento físico, salón de belleza, manicure, pedicure, podología, peluquería, sauna, compra, venta de productos alimenticios y de belleza, toda clase de servicios profesionales y productos afines a esta actividad y en general cualquier otra actividad lícita y cualquier otro negocio que en ella acuerden los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Julio Abuyeres Jadue, Notario Público Titular de Quillota, con domicilio en calle Pudeto Nº398, comuna de Quillota, certifica: Que por escritura pública de 23 de mayo de 2019, ante mí, doña VERONICA DE LOURDES AGUIIRE LUZA y don LUIS JAVIER ARANCIBIA PIZARRO, ambos domiciliados en calle Ricardo Santa Cruz Número cuarenta, Villa Quinta Merced, comuna de La Cruz, de paso en ésta, constituyeron sociedad responsabilidad limitada. OBJETO: El objeto de la sociedad será el servicio de estética corporal, mantención y acondicionamiento físico, salón de belleza, manicure, pedicure, podología, peluquería, sauna, compra, venta de productos alimenticios y de belleza, toda clase de servicios profesionales y productos afines a esta actividad y en general cualquier otra actividad lícita y cualquier otro negocio que en ella acuerden los socios. RAZÓN SOCIAL: “PURE HEALTHY CENTRO DE ESTETICA Y SPA LIMITADA”, pudiendo usar ante los Bancos el nombre de fantasía de "pH Centro de Estética y Spa Ltda." DOMICILIO: comuna de La Cruz pudiendo abrir sucursales o agencias en cualquier otro lugar del país o del extranjero. ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: La administración y el uso de la razón social, como asimismo la representación judicial y extrajudicial corresponderá a Luis Javier Arancibia Pizarro, en caso de ausencia o impedimento representará con iguales facultades Verónica de Lourdes Aguirre Luza CAPITAL: Un millón de pesos, que se aportan de la siguiente manera: a) El socio Verónica de Lourdes Aguirre Luza, aporta la suma de quinientos mil pesos, en dinero en efectivo y ya enterado en arcas sociales y que representan el cincuenta por ciento el capital social y b) el socio Luis Javier Arancibia Pizarro, aporta la suma de quinientos mil pesos, en dinero en efectivo y ya enterado en arcas sociales y que representan el cincuenta por ciento el capital social. PLAZO: 1 año, a contar fecha escritura extractada, renovables tácita, automática y sucesivamente, por períodos iguales, forma indicada misma escritura. RESPONSABILIDAD: Socios limitan responsabilidad al monto sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Quillota, 27 de mayo de 2019.