Inversiones San Mateo Limitada
Instrumento
- Fecha
- 14 de mayo de 2019
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- 8va Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio social será la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- Ley Nº 18.046
Objeto social
El objeto o giro de la sociedad será la inversión en todo tipo de bienes, raíces o muebles, corporales o derechos, valores mobiliarios y otros; la realización de asesorías en áreas comerciales, económicas, empresariales y cualquier otro negocio o actividad que los socios establezcan de común acuerdo en el transcurso del negocio social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, abogado, Notario Público Titular de la 8va Notaría de Santiago, domiciliado en calle Huérfanos Nº 1.009, piso 18, Santiago, certifica: que por escritura pública de fecha 14 de mayo de 2019, ante mí, los socios de la sociedad “Inversiones San Mateo Limitada”, señor Javier Andrés Ugarte Uribe, C.I. Nº 13.234.367-5, domiciliado para estos efectos en calle Montenegro Nº 1.104, comuna de Ñuñoa, ciudad de Santiago; señora María Eugenia San Martín Cárdenas, C.I. Nº 14.399.244-6, domiciliada para estos efectos en calle Montenegro Nº 1.104, comuna de Ñuñoa, ciudad de Santiago; señora Eugenia Elena Ugarte Uribe, C.I. Nº 12.919.173-2, domiciliada para estos efectos en Camino Los Andes N° 1.561, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago; y señor Eugenio Del Carmen Ugarte Espinoza, C.I. Nº 5.668.426-3, domiciliado para estos efectos en calle Mar del Plata Nº 2.020, departamento 41, comuna de Ñuñoa, ciudad de Santiago; quienes transformaron la sociedad de responsabilidad limitada “INVERSIONES SAN MATEO LIMITADA”, inscrita a Fs. 48.949 Nº 34305 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2012. Transformación: don Javier Andrés Ugarte Uribe, doña María Eugenia San Martín Cárdenas, doña Eugenia Elena Ugarte Uribe y don Eugenio Del Carmen Ugarte Espinoza, siendo titulares del cien por ciento de los derechos sociales, transformaron la sociedad “Inversiones San Mateo Limitada” en una sociedad anónima cerrada, la que se regirá por sus propios estatutos y en lo no previsto en ellos por las disposiciones de la Ley Nº 18.046 y demás normas supletorias aplicables. Razón Social: El nombre o razón social de la Sociedad será “INVERSIONES SAN MATEO S.A.”, pudiendo utilizar también como nombre de fantasía, ante cualquier institución, pública o privada, incluso bancos, el nombre de "San Mateo S.A.". Objeto: El objeto o giro de la sociedad será la inversión en todo tipo de bienes, raíces o muebles, corporales o derechos, valores mobiliarios y otros; la realización de asesorías en áreas comerciales, económicas, empresariales y cualquier otro negocio o actividad que los socios establezcan de común acuerdo en el transcurso del negocio social. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $500.000, dividido en 500 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, el que se ha suscrito y pagado como sigue: a) don Javier Andrés Ugarte Uribe, suscribe 225 acciones por un valor total de $225.000; b) doña María Eugenia San Martín Cárdenas, suscribe 225 acciones por un valor total de $225.000; c) doña Eugenia Elena Ugarte Uribe, suscribe 25 acciones por un valor total de $25.000, y, d) don Eugenio del Carmen Ugarte Espinoza, suscribe 25 acciones, por un valor total de $25.000; todos los aportes se encuentran pagados con anterioridad a esta fecha. Duración: La Sociedad tendrá plazo de duración indefinido, salvo acuerdo de disolución adoptado en Junta Extraordinaria de Accionistas. Domicilio: El domicilio social será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias y sucursales que el Directorio acuerde establecer en otros lugares de Chile o en el extranjero. Luis Ignacio Manquehual Mery, Notario Público, Santiago, 14 de mayo de 2019.