CONSTRUCTORA Y PRESTADORA DE SERVICIOS JUAN CARLOS MARCELO PEDREROS EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 16 de mayo de 2019
- Notario
- JOAQUIN TEJOS HENRIQUEZ
- Oficio
- Segunda Notaría de Chillán
- Comuna
- Chillán
Sociedad
- N. fantasía
- “BIOBIO CAUTION E.I.R.L.”
- Capital
- $3.500.000 CLP
- Domicilio
- Chillán
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- Ley 19.857.
Objeto social
Construcción de obras menores, además de Hacer y Prestar servicios de Pintura, Electricidad, Albañilería y Gasfitería en todas sus etapas y Prestación de Servicios, y)o Mercaderías; como así también la compra y venta de productos relacionados con el giro como también la prestación de servicios de mantención y conservación de los productos ya señalados, la compraventa, importación y exportación de todo tipo de artículos o productos complementarios o implementarías o de otras especies relacionadas con el giro, como también todos los actos y contratos que directa o indirectamente sean necesarios para realizar sus fines, y cualquier actividad relacionada con la anterior y que acuerden los socios, la representación de firmas comerciales, nacionales o extranjeras y la contratación con ellas de concesiones, licencias de marcas, asistencia técnica, etcétera, tomar interés o participación en ellas, celebrar convenios, actos o contratos o desarrollar actividades relacionadas con el objetivo social en cualquiera de sus formas, sean con particulares, entidades públicas o en que tenga interés el estado, y en general ejecutar todo tipo de actos y celebrar contratos civiles, mercantiles, administrativos, o de cualquier índole, sin que la enumeración anterior sea taxativa, que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales.- Administración, representación y uso nombre empresa corresponderá al titular JUAN CARLOS MARCELO TORRES PEDREROS, amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOAQUIN TEJOS HENRIQUEZ, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Chillán, con oficio en calle El Roble nº 620, certifico: Por escritura pública otorgada hoy ante mí, JUAN CARLOS MARCELO TORRES PEDREROS, chileno, trabajador independiente, separado totalmente de bienes, 57 años de edad, c.id. 9.247.299-K, domiciliado en calle La Colonia nº 1790, Población Vicente Pérez Rosales, Chillán, constituyó Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, Ley 19.857.- Nombre empresa: “CONSTRUCTORA Y PRESTADORA DE SERVICIOS JUAN CARLOS MARCELO PEDREROS EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”.- Nombre de fantasía: “BIOBIO CAUTION E.I.R.L.”.- Objeto: Construcción de obras menores, además de Hacer y Prestar servicios de Pintura, Electricidad, Albañilería y Gasfitería en todas sus etapas y Prestación de Servicios, y/o Mercaderías; como así también la compra y venta de productos relacionados con el giro como también la prestación de servicios de mantención y conservación de los productos ya señalados, la compraventa, importación y exportación de todo tipo de artículos o productos complementarios o implementarías o de otras especies relacionadas con el giro, como también todos los actos y contratos que directa o indirectamente sean necesarios para realizar sus fines, y cualquier actividad relacionada con la anterior y que acuerden los socios, la representación de firmas comerciales, nacionales o extranjeras y la contratación con ellas de concesiones, licencias de marcas, asistencia técnica, etcétera, tomar interés o participación en ellas, celebrar convenios, actos o contratos o desarrollar actividades relacionadas con el objetivo social en cualquiera de sus formas, sean con particulares, entidades públicas o en que tenga interés el estado, y en general ejecutar todo tipo de actos y celebrar contratos civiles, mercantiles, administrativos, o de cualquier índole, sin que la enumeración anterior sea taxativa, que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales.- Administración, representación y uso nombre empresa corresponderá al titular JUAN CARLOS MARCELO TORRES PEDREROS, amplias facultades. Capital: $3.500.000, que el empresario aporta en este acto al contado y en dinero efectivo. Constituyente limita responsabilidad al monto del aporte.- Utilidades pertenecerán al titular. Domicilio: Chillán, sin perjuicio de las sucursales o agencias resto del país o extranjero.- Duración: Indefinida a contar de esta fecha. Otras estipulaciones en escritura extractada. Chillán, 16 de Mayo de 2019.-