MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRICOLA Y FRUTICOLA DON MATIAS LIMITADA

RUT 76604853-6 CVE 1597913
Fecha instrumento
12 de septiembre de 2016

Instrumento

Fecha
12 de septiembre de 2016

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

René Martinez Loaiza, Notario y Conservador de Comercio Melipilla, Av. Serrano N° 374, Melipilla, certifica: por escritura pública hoy ante mi, Carolina Beatriz Salah González, Pablo de la Cruz Correa Catalán y Yamil Esteban Salah González, todos domiciliados en Condominio Flor María, casa dos, Provincia y Comuna de Melipilla, modifican sociedad "AGRICOLA Y FRUTICOLA DON MATIAS LIMITADA", constituida ante Notario Melipilla René Martínez Loaiza por escritura publica de 12 Septiembre de 2016, extracto inscrito fs. 378, Nº207, Registro Comercio, año 2016, Conservador de Comercio Melipilla y publicada en Diario Oficia de 24 Septiembre de 2016; sociedad no ha experimentado modificaciones, Modificaciones: A) Socia Carolina Beatriz Salah Gonzalez, con autorización otro socio, vende, cede y transfiere la totalidad de capital y de sus derechos en la sociedad a don Yamil Esteban Salah Gonzalez, por precio señalada en escritura que extracto; asimismo, socio Pablo de la Cruz Correa Catalán con autorización otro socio, vende, cede y transfiere el 50% de capital y de sus derechos en la sociedad a don Yamil Esteban Salah Gonzalez, por precio señalada en escritura que extracto. De esta forma, doña Carolina Beatriz Salah González se retira de sociedad. Los socios modifican y reemplazan cláusula 6° de escritura de constitución, por siguiente: B) “SEXTO: El capital social es la suma de cinco millones de pesos, el cual se aporta de la siguiente forma: A) don Yamil Esteban Salah González aporta en dominio la suma de cuatro millones setecientos cincuenta mil pesos, entregados anteriormente y ya enterados en caja social. El otro socio da por recibida la suma señalada a su entera satisfacción. B) don Pablo de la Cruz Correa Catalán, aporta en dominio la suma de doscientos cincuenta mil pesos, entregados anteriormente y ya enterados en caja social. El otro socio da por recibida la suma señalada a su entera satisfacción." C) Modifican cláusula quinta de pacto social, en el sentido que la administración, representación y el uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá exclusivamente a don Yamil Esteban Salah González, con las facultades señaladas en la misma clausula quinta del pacto social.- Socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus aportes.- Demás estipulaciones constan en escritura que extracto.- 17 de mayo de 2019.