SOCIEDAD DE INVERSIONES y ASESORÍAS MARÍN y MATURANA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 15 de mayo de 2019
- Notario
- JORGE ELIAS TADRES HALES
- Domicilio
- Temuco
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha 15 de mayo de 2019, ante mí, doña MURIEL MARIÓN MARÍA JOSÉ MATURANA ARRIAGADA, quien declara ser chilena, casada, abogada, cédula nacional de identidad número ocho millones seiscientos noventa y nueve mil setecientos ocho guión ocho, domiciliada en calle Antonio Varas número seiscientos ochenta y siete, oficina novecientos nueve, de la comuna y ciudad de Temuco, por sí misma y en representación de don EMILIO EUSEBIO MARIN TALADRIZ, chileno, técnico agrícola, casado y separado totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número ocho millones ochocientos ochenta y ocho mil trescientos cuarenta y uno guión uno, domiciliado en calle El Arroyo número doscientos ochenta y uno, Valle de Alcalá, la comuna y ciudad de Temuco; doña VALENTINA IGNACIA MARÍN ORTEGA, chilena, soltera, estudiante, cédula nacional de identidad número diecinueve millones trescientos cuatro mil seiscientos treinta y seis guión tres, domiciliada en calle El Arroyo número doscientos ochenta y uno de Valle de Alcalá, de la comuna y ciudad de Temuco; doña CAMILA ISIDORA MARÍN ORTEGA, chilena, soltera, estudiante, cédula nacional de identidad número veinte millones ochenta mil cien guión ocho, domiciliada en calle El Arroyo número doscientos ochenta y uno, Valle de Alcalá, la comuna y ciudad de Temuco, y expuso: Que, con fecha doce de noviembre del año dos mil dieciocho, ante don Jorge Elías Tadres Hales, Abogado, Notario de la Agrupación de las Comunas de Temuco, Padre las Casas, Cunco, Vilcún, Freire y Melipeuco; comparecieron don EMILIO EUSEBIO MARÍN TALADRIZ, doña MURIEL MARION MARIA JOSE MATURANA ARRIAGADA, doña VALENTINA IGNACIA MARÍN ORTEGA, y doña CAMILA ISIDORA MARÍN ORTEGA, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada denominada “SOCIEDAD DE INVERSIONES y ASESORÍAS MARÍN y MATURANA LIMITADA”, Repertorio número nueve mil doscientos cincuenta y ocho guión dos mil dieciocho. Que, con fecha veintiséis de diciembre del año dos mil dieciocho, ante don Jorge Elías Tadres Hales, Abogado, Notario de la Agrupación de las Comunas de Temuco, Padre las Casas, Cunco, Vilcún, Freire y Melipeuco; se procedió a suscribir escritura de rectificación de la constitución de la sociedad de responsabilidad limitada señalada precedentemente, repertorio número diez mil seiscientos sesenta y cuatro guión dos mil dieciocho. En dicha escritura de rectificación, en la cláusula décimo sexta, se otorgó facultad a la compareciente, para firmar y requerir el saneamiento que se contiene en éste instrumento. De dichos instrumentos de constitución y rectificación de sociedad de responsabilidad limitada, efectuadas por escritura pública, se publicaron en su oportunidad los extractos de las mencionadas escrituras, pero no se realizaron las inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces respectivo dentro del plazo legal. Con fecha ocho de abril de dos mil diecinueve ante don Jorge Elías Tadres Hales, Abogado, Notario de la Agrupación de las Comunas de Temuco, Padre las Casas, Cunco, Vilcún, Freire y Melipeuco; se procedió a suscribir escritura de saneamiento de constitución y de rectificación de la constitución de la sociedad de responsabilidad limitada señalada precedentemente, repertorio número dos mil novecientos ochenta y ocho guión dos mil diecinueve. De dicho instrumento de saneamiento de constitución y de rectificación de sociedad de responsabilidad limitada, efectuadas por escritura pública, se publicó en su oportunidad el extracto de la mencionada escritura, pero por error no se señaló en él la representación de la compareciente a tales instrumentos públicos, ni se señalaron los domicilios de los representados. Dado lo anterior, y conforme lo faculta expresamente la Ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve que establece normas sobre saneamiento de vicios de nulidad de sociedades y modifica el Código de Comercio y otros cuerpos legales, en su Artículo Primero, se procederá al saneamiento del vicio señalado conforme se dirá en las cláusulas siguientes. Por el presente instrumento y con lo señalado anteriormente, la compareciente doña MURIEL MARIÓN MARÍA JOSÉ MATURANA ARRIAGADA, chilena, casada, abogada, cédula nacional de identidad número ocho millones seiscientos noventa y nueve mil setecientos ocho guión ocho, domiciliada en calle Antonio Varas número seiscientos ochenta y siete, oficina novecientos nueve, de la comuna y ciudad de Temuco, con poder suficiente, viene en sanear el vicio que afectaba la constitución y rectificación de la sociedad “SOCIEDAD DE INVERSIONES y ASESORÍAS MARÍN y MATURANA LIMITADA” por el no señalamiento de la representación de la misma, quien comparece a su nombre y en representación de don EMILIO EUSEBIO MARIN TALADRIZ, chileno, casado y separado totalmente de bienes, técnico agrícola, cédula nacional de identidad número ocho millones ochocientos ochenta y ocho mil trescientos cuarenta y uno guión uno, domiciliado en calle El Arroyo número doscientos ochenta y uno, Valle de Alcalá, de la comuna y ciudad de Temuco; doña VALENTINA IGNACIA MARÍN ORTEGA, chilena, estudiante, soltera, cédula nacional de identidad número diecinueve millones trescientos cuatro mil seiscientos treinta y seis guión tres, domiciliada en calle El Arroyo número doscientos ochenta y uno, Valle de Alcalá, de la comuna y ciudad de Temuco; y doña CAMILA ISIDORA MARÍN ORTEGA, chilena, estudiante, soltera, cédula nacional de identidad número veinte millones ochenta mil cien guión ocho, domiciliada en calle El Arroyo número doscientos ochenta y uno, Valle de Alcalá, de la comuna y ciudad de Temuco. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 16 de mayo de 2019.