CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Ramírez, Solar y Geniso SpA

CVE 1595855
Fecha instrumento
10 de mayo de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
10 de mayo de 2019
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARGARITA MORENO ZAMORANO, Abogado, Notario Interino de la 27º Notaria de Santiago, Orrego Luco 0153, Providencia, certifico: por escritura pública hoy ante mí, Asesorías e Inversiones Easter Island Limitada, sociedad del giro de su denominación, representada por Rodrigo Arturo Solar Reimann, empresario, ambos domiciliados en calle Aurelio González 3.500 Depto. 501, comuna de Vitacura, Santiago; Miguel Ángel Ramírez Vaquero, empresario, domiciliado en calle Los Prados Nº 1.837, comuna de Lo Barnechea, Santiago; y, Carlos Geniso López, empresario, domiciliado en Avenida Alonso de Córdova Nº 4.294, local 5, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, constituyeron la sociedad por acciones Ramírez, Solar y Geniso SpA; La sociedad tendrá por objeto comercializar espectáculos o eventos artísticos, deportivos, musicales o de cualquier índole, promoverlos, vender y comercializar las entradas o tickets para tales espectáculos o eventos, propios o de terceros, en virtud de contratos que celebre con los productores u organizadores de ellos; y también podrá comercializar todo tipo de productos y servicios relacionados con el objeto social y su giro; Para todos los efectos del contrato de sociedad, los accionistas fijan su domicilio en la ciudad y comuna de Santiago; La duración de la sociedad será Indefinida; El capital de la sociedad es la suma de cinco millones de pesos, dividido en cinco mil acciones nominativas que se suscriben y pagan del modo que se expresa en los artículos transitorios; La sociedad será administrada por el gerente general que designen el o los accionistas, quienes tendrán las facultades que al efecto le fueren conferidas, según se expresa en los artículos transitorios. El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio del establecimiento de agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. Demás estipulaciones constan en escritura extractada, Santiago 10 de Mayo de 2019.-