MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

CCLOUD S.A.

RUT 76411851-0 CVE 1596483
Capital
$91.999.998 CLP
Fecha instrumento
18 de marzo de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
18 de marzo de 2019
Notario
Alberto Mozó Aguilar
Oficio
40 Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$91.999.998 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Alberto Mozó Aguilar, Notario Público, Titular 40 Notaría Santiago, Teatinos Nº332, Santiago, certifica: Hoy ante mí, se redujo a escritura pública Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de “CCLOUD S.A.”, celebrada en mi presencia con fecha 18 de marzo de 2019, con asistencia del 100% de acciones emitidas, acordándose por unanimidad de las mismas: Uno) Aumentar el capital estatutario de la Sociedad, en la suma de $91.999.998, mediante la emisión en este acto, de 18 acciones de pago, todas ellas nominativas, sin valor nominal, de una misma y única serie, de iguales características a las existentes. Dos) Modificar los artículos Sexto permanente y Primero Transitorio de los estatutos sociales de CCLOUD S.A., los que quedan del siguiente tenor: a) “Artículo Sexto: El capital de la sociedad es la suma de $105.690.848 dividido en 143 acciones nominativas, sin valor nominal, todas de una misma y única serie.”, y b) “Artículo Primero Transitorio: El capital de la sociedad es la suma de $105.690.848 dividido en 143 acciones nominativas, sin valor nominal, todas de una misma y única serie, que se encuentra en la siguiente situación en cuanto a su entero y pago: (Uno) Con la suma de $13.690.850, que corresponden a 125 acciones nominativas, sin valor nominal, todas de una misma y única serie, que se encuentra totalmente suscrito, enterado y pagado, y; (Dos) La suma de $91.999.998 dividido en 18 acciones de pago, nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, que son emitidas de forma total en este acto y cuya suscripción y pago será ofrecida por el directorio a terceros, a un valor no inferior a $5.111.111 por cada acción, más el reajuste que prescribe el artículo 16 de la Ley número 18.046 sobre Sociedades Anónimas, aplicado sobre los saldos insolutos de acciones suscritas y no pagadas, en caso que ello correspondiera, que deberán ser suscritas y pagadas en dinero efectivo dentro del plazo máximo de siete meses a contar del 18 de marzo de 2019”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 08 abril 2019.