MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Asesorías e Inversiones Muzagui Limitada

RUT 76389313-8 CVE 1596366
Fecha instrumento
3 de mayo de 2019

Instrumento

Fecha
3 de mayo de 2019
Repertorio
4364-2019
Notario
LUIS ENRIQUE FISCHER YAVAR
Domicilio
Viña del Mar

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS ENRIQUE FISCHER YAVAR, Notario Público de Viña del Mar, con oficio en calle 12 Norte N° 785, piso 3, certifica; por escritura de fecha 3 de mayo de 2019, repertorio número 7.619, ante mí; doña MARISOL ORTIZ PADILLA, abogado, cédula nacional de identidad número 8.656.460-2, domiciliada 7 Norte 645, of. 508, Viña del Mar; en representación de doña SANDRA ALICIA AGUILERA RUZ, cédula nacional de identidad número 11.173.604-9, de don ROLANDO RAFAEL MUÑOZ SOTO, cédula nacional de identidad número 10.149.878-6, y de don MATIAS NICOLAS MUÑOZ AGUILERA, cédula nacional de identidad número 19.645.823-9, todos con domicilio en calle Trece Norte número 1389, comuna de Viña del Mar; rectificó escritura de modificación de sociedad “Asesorías e Inversiones Muzagui Limitada”, otorgada en esta misma notaría con fecha 14 de marzo de 2019, repertorio 4.364-2019, en el siguiente sentido: la cláusula QUINTA debe decir: PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN DE LOS SOCIOS. Se deja expresa constancia que como consecuencia de la compra de cero coma cuarenta por ciento de los derechos sociales por parte de don Matías Nicolás Muñoz Aguilera, el capital social queda de la siguiente manera: a) don Rolando Rafael Muñoz Soto aportó la suma de dos millones quinientos mil pesos, íntegramente pagados y enterados en caja social, que corresponden al cero coma tres nueve seis ocho seis ocho ocho cuatro uno nueve nueve cuatro cinco tres cinco por ciento del capital. b) Doña Sandra Alicia Aguilera Ruz aportó la suma de seiscientos veintisiete millones cuatrocientos treinta y un mil treinta y cuatro pesos, que producto de la cesión, corresponden al noventa y nueve coma dos cero tres uno tres uno uno cinco ocho cero cero cinco cinco por ciento del capital social, que la socia pagó con la suma de dos millones quinientos mil pesos íntegramente enterados en caja social y con la suma de seiscientos veinticuatro millones novecientos treinta y un mil treinta y cuatro pesos, la que pagó mediante la reinversión de utilidades efectuadas de acuerdo a lo dispuesto en la letra c del número uno de la letra A del artículo catorce y demás disposiciones de la Ley sobre Impuesto a la Renta. c) Don Matías Muñoz Aguilera aporta la suma de tres millones de pesos equivalentes a ciento ocho coma noventa y dos Unidades de Fomento, que corresponden al cero coma cuarenta por ciento del capital social, que pagará en cincuenta y nueve cuotas de uno coma ochenta y un Unidades de Fomento cada una, con vencimiento la primera de ellas al treinta y uno de marzo de dos mil diecinueve, y la última con vencimiento el treinta y uno de marzo del año dos mil veinticuatro. Demás estipulaciones en escritura extractada. Viña del Mar, a 17 de Mayo de 2019.