MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

TRANSPORTES SUPERTRANS LIMITADA

RUT 76383478-6 CVE 1595368
Capital
$107.970.000 CLP
Fecha instrumento
8 de mayo de 2019

Instrumento

Fecha
8 de mayo de 2019
Repertorio
3012/19
Notario
CARLOS ALBERTO MIRANDA JIMENEZ
Domicilio
y Conservador de Minas

Sociedad

Capital
$107.970.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CARLOS ALBERTO MIRANDA JIMENEZ, Notario Público y Conservador de Minas, suplente del Titular de Concepción, Octava Región, domiciliado en Concepción, calle O’Higgins 820, certifica: Por escritura pública de 08 de Mayo de 2019, ante mí, Repertorio Nº 3012/19, señores HELGA VERÓNICA MUÑOZ GOLDSTEIN, CÉSAR RODRIGO HENRÍQUEZ PARRA, HELGA CAMILA HENRÍQUEZ MUÑOZ, ALEJANDRO GABRIEL HENRÍQUEZ MUÑOZ y JORGE ALBERTO HENRÍQUEZ MUÑOZ, todos domiciliados en San Pedro de la Paz, camino a Coronel, kilómetro 10, Bodega 16 B, modificaron sociedad responsabilidad limitada “TRANSPORTES SUPERTRANS LIMITADA”, RUT 76.383.478-6, capital social asciende a $107.970.000, constituida 26 septiembre 2014 en notaría Miranda de Concepción e inscrita fs. 2337 vta. Nº2047 Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Concepción año 2014, y saneada por escritura pública 5 marzo 2015 en notaría Miranda de Concepción e inscrita fs. 752 vta. Nº578 Registro Comercio Concepción año 2015, en el sentido que Helga Verónica Muñoz Goldstein vende un 5% de los derechos sociales a Jorge Alberto Henríquez Muñoz en $5.000.000, y César Rodrigo Henríquez Parra vende un 10% de los derechos sociales a Jorge Alberto Henríquez Muñoz en $10.000.000, quien paga los derechos que compra en este acto y en dinero efectivo. En virtud de las cesiones precedentes los actuales socios de Transportes Supertrans Limitada son Helga Verónica Muñoz Goldstein, con un 35%, César Rodrigo Henríquez Parra con un 20%, y Jorge Alberto Henríquez Muñoz, Alejandro Gabriel Henríquez Muñoz y Helga Camila Henríquez Muñoz con un 15% cada uno. En lo demás, el texto original de esta cláusula cuarta se mantiene. Las demás cláusulas permanecerán sin alteración. CONCEPCIÓN, a 23 de Mayo de 2019.