CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS NAVALES RIVERA MARTINEZ LIMITADA

RUT 13967209-7 CVE 1595341
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
17 de mayo de 2019
Notaría
Puerto Montt
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
17 de mayo de 2019
Comuna
Puerto Montt

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP
Domicilio
Puerto Montt
Duración
cinco años y se entenderá prorrogable automáticamente por períodos iguales, salvo que alguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término con, a lo menos, tres meses de anticipación al vencimiento respectivo, mediante escritura pública que se subinscribirá al margen de la inscripción social

Objeto social

A) Servicios de reparación y mantención industrial, servicios de contratita y subcontratista en obras menores, provisionamiento a naves, construcción y montaje naval, comercialización de pinturas, de productos agrícolas e hidrobiológicos, mitilicultura, turismo, agroturismo, servicios de transporte marítimo. B) La importación, exportación, cultivo, extracción, producción, elaboración, deshidratación y comercialización de todo tipo de productos. C) La prestación de servicios de asistencia a terceros para producir, procesar, desarrollar, mantener y comercializar productos relacionados con las actividades antes indiciadas y en general cualquier otra actividad directa o indirecta que este relacionado con el objeto de la sociedad y que los socios acuerden. Administración, representación y uso

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FELIPE SAN MARTIN SCHRÖDER, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Puerto Montt, con Oficio ubicado en esta ciudad, calle Urmeneta cuatrocientos catorce, certifico que: Por escritura hoy, ante mí, Don EDUARDO FEDERICO RIVERA VELÁSQUEZ, C.I. 13.967.209-7 y don EDUARDO MARTÍNEZ DÍAZ, C.I. 24.071.264-4, ambos empresarios, domiciliados en Avenida Diego Portales Nº 860, comuna de Puerto Montt, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada al monto de sus aportes. Razón social: "SERVICIOS NAVALES RIVERA MARTINEZ LIMITADA", pudiendo usar nombre de fantasía "RIVERMAR LTDA.", que la obligará misma manera que razón social. Objeto: A) Servicios de reparación y mantención industrial, servicios de contratita y subcontratista en obras menores, provisionamiento a naves, construcción y montaje naval, comercialización de pinturas, de productos agrícolas e hidrobiológicos, mitilicultura, turismo, agroturismo, servicios de transporte marítimo. B) La importación, exportación, cultivo, extracción, producción, elaboración, deshidratación y comercialización de todo tipo de productos. C) La prestación de servicios de asistencia a terceros para producir, procesar, desarrollar, mantener y comercializar productos relacionados con las actividades antes indiciadas y en general cualquier otra actividad directa o indirecta que este relacionado con el objeto de la sociedad y que los socios acuerden. Administración, representación y uso razón social: corresponderá a EDUARDO FEDERICO RIVERA VELÁSQUEZ, con las facultades que se indican en escritura. El capital social es la cantidad de $10.000.000, que los socios aportan y pagan en las siguientes proporciones: a) don EDUARDO FEDERICO RIVERA VELÁSQUEZ la cantidad de $4.500.000.- que corresponde al 45% del capital social, que paga de contado en dinero efectivo en este acto; y, b) don EDUARDO MARTÍNEZ DÍAZ, la cantidad de $5.500.000.- que corresponde al cincuenta y cinco por ciento del capital social, que paga de contado en dinero efectivo en este acto. De esta forma, el capital social ha quedado íntegramente aportado y pagado por los comparecientes e ingresao a caja social. Duración: cinco años y se entenderá prorrogable automáticamente por períodos iguales, salvo que alguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término con, a lo menos, tres meses de anticipación al vencimiento respectivo, mediante escritura pública que se subinscribirá al margen de la inscripción social. Domicilio: Puerto Montt, sin perjuicio que pueda establecer agencias, o sucursales en otros lugares de la República o extranjero. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Puerto Montt, 17 de mayo de 2019.