MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

QUALITY SpA

RUT 76567592-8 CVE 1595289
Capital
$100.000 CLP
Fecha instrumento
8 de mayo de 2019
Notaría
Concepción

Instrumento

Fecha
8 de mayo de 2019
Repertorio
2634-2019
Comuna
Concepción

Sociedad

Capital
$100.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
G QUALITY SpA socio 76567592-8

Referencias (1)

  • do publicacion
    DO N° 41449 del 4 de mayo de 2016

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOSÉ HUMBERTO MIGUEL SALAZAR RIVERA, Abogado Notario Público interino de la Cuarta Notaría de Concepción, con oficio en Barros Arana 971, local 24, certifico: Por escritura privada protocolizada con fecha 08 de mayo de 2019, ante mí, Luis Enrique Lizama Muñoz, chileno, empresario, C.I.Nº7.341.447-4, domiciliado en camino a Pinto, kilometro 8.5, Chillan, dueño del 100% del capital de la sociedad, modifica, mediante un Acuerdo de Accionistas suscrito en escritura privada protocolizada en esta notaria, repertorio 2634-2019, la Sociedad por Acciones G & G QUALITY SpA, nombre de Fantasía G & G QUALITY SpA, Rol Único Tributario 76.567.592-8, capital de $100.000, que fue constituida por escritura pública de fecha 27 de Abril del año 2016, ante el notario de Curicó Doña Patricia Loreto Loyola Fuenzalida, se encuentra inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Curicó, a fojas 474 vuelta, número 286 del año 2016 y se publicó en la edición del Diario Oficial N°41.449 de fecha 4 de mayo de 2016, en el siguiente sentido: se modifica en lo que respecta al nombre de la sociedad señalado en el Titulo primero, artículo primero del estatuto, conforme a lo siguiente: El nombre de la sociedad es QUALITY SpA, y podrá usar para efectos bancarios, comerciales y de publicidad la expresión “QUALITY SpA”. Se modifica el artículo quinto, titulo segundo, DEL CAPITAL, quedando con la siguiente redacción: El capital de la sociedad es la suma de cuatro millones de pesos, $4.000.000, dividido en 100 acciones sin valor nominal, que se suscribe, entera y paga por el contribuyente en este acto, y en dinero en efectivo. Se modifica el artículo décimo, título tercero, “DE LA ADMINISTRACIÓN”, hasta el primer punto seguido, cuya nueva redacción es la siguiente: La administración y representación de la sociedad corresponderá a Luis Enrique Lizama Muñoz, el que podrá ejercer por sí solo, o bien a través de personas especialmente designadas para ello, por instrumento privado protocolizado o escritura pública, con aquellas facultades que expresamente se le otorguen. Demás estipulaciones en escritura extractada. Concepción, 22 de mayo de 2019.