CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

OUTLANDER CHILE SpA

CVE 1595106
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
22 de mayo de 2019

Instrumento

Fecha
22 de mayo de 2019
Notario
JUANA IRENE TATIANA GODOY HERRERA
Oficio
42º Notaria

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Objeto social

importación, exportación, comercialización, intermediación, consignación y venta de toda clase de artículos y productos manufacturados y elaborados; producción y ejecución de eventos, arriendo y subarriendo de espacios físicos en ferias, y toda clase de bienes muebles e inmuebles para la consecución de su fin y desarrollar el concepto y actividades bajo la Marca Outlander Fest u otras marcas relacionadas, etc

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUANA IRENE TATIANA GODOY HERRERA, Notario Público Suplente, 42º Notaria, Titular Alvaro David González Salinas, Agustinas 1070, 2° piso. Santiago, certifica: Por escritura pública ante mi, de fecha 22 Mayo 2019, ante mí, comparecen: Carlos Felipe Grez Echeverría, ingeniero civil industrial, con domicilio Boulevard Jardín de Los Pájaros Norte Nº 4600, casa 9, comuna de Lo Barnechea y Christian Jorg Kramer Solé, ingeniero forestal, con domicilio Las Tórtolas Nº 2008, comuna de Las Condes, constituye sociedad por acciones. Nombre: OUTLANDER CHILE SpA, nombre de fantasía de Outlander Chile o Outlander Fest. Objeto: importación, exportación, comercialización, intermediación, consignación y venta de toda clase de artículos y productos manufacturados y elaborados; producción y ejecución de eventos, arriendo y subarriendo de espacios físicos en ferias, y toda clase de bienes muebles e inmuebles para la consecución de su fin y desarrollar el concepto y actividades bajo la Marca Outlander Fest u otras marcas relacionadas, etc. Capital: $1.000.000.- dividido en 100 de acciones ordinarias y nominativas, de igual valor y sin valor nominal. Carlos Felipe Grez Echeverría, 50 acciones y Christian Jorg Kramer Solé, 50 acciones, que los accionistas pagan en este acto al contado y dinero efectivo, quedando íntegramente suscritas y pagadas. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 22 de Mayo de 2019.