CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES TIJERAL LIMITADA

CVE 1595224
Capital
$30.000.000 CLP
Fecha instrumento
20 de mayo de 2019
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
20 de mayo de 2019
Repertorio
1193
Notario
CARLOS ALEJANDRO FUENTES CÁCERES
Domicilio
las comunas de Angol y Renaico

Sociedad

Capital
$30.000.000 CLP
Domicilio
Angol
Duración
10 años contados desde fecha escritura, prorrogables tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos. Responsabilidad: Limitada hasta concurrencia monto

Objeto social

A) la explotación agrícola, ganadera, de arboricultura y forestal, por cuenta propia o ajena, de predios rústicos, que la sociedad posea o detente, a cualquier título; comercialización de productos agrícolas, ganaderos o forestales y todo otro negocio o actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro con el agro; B) la realización por cuenta propia o ajena de: a) la compra, venta, distribución, almacenamiento, depósitos, importación, exportación, arrendamiento, mantenimiento, intermediación y)o reparación de todo tipo de bienes muebles; b) la adquisición, enajenación, inversión, compra, venta, permuta, arrendamiento, subarrendamiento de bienes raíces o derechos sobre ellos, su administración y explotación, subdivisión, loteos y)o urbanización, por cuenta propia o ajena, de predios urbanos o rústicos; c) la realización de toda clase de inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos; y cualquier otro negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con lo expresado. Administración y Uso

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CARLOS ALEJANDRO FUENTES CÁCERES, Abogado, Notario Público Titular, de las comunas de Angol y Renaico, con domicilio en calle Arturo Prat N°155, Angol, CERTIFICA: Por escritura publica de hoy, ante mí, repertorio N°1193, doña CECILIA BEATRIZ RODRIGUEZ NEIRA, C.I. N.º 10.070.9090, empleada, domiciliada calle Holandesa Nº 0460, departamento 403 Temuco y don JOHN RICHARD ERICES ASLAZAR, C.I.N° 10.341.9735, constituyeron Sociedad Responsabilidad Limitada. Nombre: "INVERSIONES TIJERAL LIMITADA ". Domicilio: Angol, sin perjuicio agencias o sucursales en otros puntos del territorio nacional o extranjero. Objeto: A) la explotación agrícola, ganadera, de arboricultura y forestal, por cuenta propia o ajena, de predios rústicos, que la sociedad posea o detente, a cualquier título; comercialización de productos agrícolas, ganaderos o forestales y todo otro negocio o actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro con el agro; B) la realización por cuenta propia o ajena de: a) la compra, venta, distribución, almacenamiento, depósitos, importación, exportación, arrendamiento, mantenimiento, intermediación y/o reparación de todo tipo de bienes muebles; b) la adquisición, enajenación, inversión, compra, venta, permuta, arrendamiento, subarrendamiento de bienes raíces o derechos sobre ellos, su administración y explotación, subdivisión, loteos y/o urbanización, por cuenta propia o ajena, de predios urbanos o rústicos; c) la realización de toda clase de inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos; y cualquier otro negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con lo expresado. Administración y Uso Razón Social: En conjunto a doña CECILIA BEATRIZ RODRIGUEZ NEIRA y don JOHN RICHARD ERICES SALAZAR. Capital: $30.000.000. a) Doña CECILIA BEATRIZ RODRIGUEZ NEIRA, $15.000.000. con $5.000.000. enterado en caja social dinero efectivo y $10.000.000. que debe enterar plazo 5 años, desde fecha presente instrumento y según necesidades sociales.50% capital. b) Don JOHN RICHARD ERICES SALAZAR, $15.000.000. con $5.000.000. enterado en caja social dinero efectivo y $10.000.000. que debe enterar plazo 5 años, desde fecha presente instrumento y según necesidades sociales.50% capital. Plazo vigencia:10 años contados desde fecha escritura, prorrogables tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos. Responsabilidad: Limitada hasta concurrencia monto capital. Demás estipulaciones escritura extractada. Angol, 20 de mayo 2019.