MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Clínica Holyne Limitada

RUT 79922990-0 CVE 1595008
Capital
$2.754.902 CLP
Fecha instrumento
6 de mayo de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
6 de mayo de 2019
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.754.902 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Rayhold Alexander Bermúdez Quintero socio 25463970-2

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GERMAN ROUSSEAU DEL RIO, notario interino de la 22 Notaría de Santiago, con oficio en Avenida El Bosque Norte N° 047, Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 06 mayo 2019, otorgada ante mí, Olivia del Carmen Escobar Narváez, RUT 7.044. 131-9, Carlos Francisco Bardessi Ciocca, Rut 6.461.475-4, y Rayhold Alexander Bermúdez Quintero, RUT 25.463.970-2, domiciliados en Rosario Sur 103, Las Condes, Avenida Nueva Providencia 1645, Providencia, y calle Uruguay N° 9180, La Florida, respectivamente, quienes modifican Clínica Holyne Limitada, inscrita en fojas 20.526 número 10.442 del año 1989 en Registro de Comercio de Santiago en los siguientes términos: a) Cesión de derechos sociales, donde Rayhold Alexander Bermúdez Quintero vende cede y transfiere a Olivia del Carmen Escobar Narváez el total de sus derechos sociales ascendentes al 25 % del capital social, en la suma de $2.754.902, que se pagan en la forma señalada en la cláusula cuarto de la escritura de modificación. b) Como consecuencia de la cesión, se retira de la sociedad don Rayhold Alexander Bermúdez Quintero; la socia Olivia del Carmen Escobar Narváez actualiza su participación al 95 % del capital social y don Carlos Francisco Bardessi Ciocca mantiene el 5% del capital social.- c) Se modifica la administración y el uso de la razón social, la cual corresponderá exclusivamente a doña Olivia del Carmen Escobar Narváez, quien representa y obliga a la sociedad con todas las facultades y atribuciones individualizadas en las cláusulas quinto y sexto escritura modificación, con la sola prohibición de que la sociedad no podrá avalar a terceros. En todo lo no modificado sigue vigente el texto social original. Santiago 15 de mayo de 2019.