Instrumento
- Fecha
- 17 de mayo de 2019
- Notario
- JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA
- Oficio
- Cuarta Notaría de Los Angeles
- Comuna
- Los Angeles
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Ley aplicable
- ley 18.046
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA, Abogado, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Los Angeles, con domicilio en calle Caupolicán N° 355, Los Angeles, CERTIFICO, Que, por escritura pública, Rep. 2418-2019, comparecen don CRISTIAN BERNABE CATALAN SANCHEZ, chileno, soltero, cédula de id. N° 12.766.683-0, comerciante, domiciliado en camino María Dolores, Villa La Montaña Lote N° 26, Los Angeles; y doña LAURA NIEVES SANCHEZ SANDOVAL, chilena, divorciada, comerciante, cédula de id. N° 7.672.694-9, domiciliada en camino a Cerro Colorado Km. 0,7 Quinta El Manzano, Lote N° 8B, Los Angeles, quienes constituyeron una sociedad por acciones, que se regirá por sus estatutos y en lo no previsto, por las normas contenidas en el párrafo octavo del título VII del Libro II del Código de Comercio y en las normas de la ley 18.046 y su reglamento sobre sociedades anónimas cerradas.- El nombre será de la sociedad será el de SANCHEZ Y CATALAN SPA, pudiendo usar como nombre de fantasía el de PANADERIA LA MARRAQUETA SPA; su objeto será la explotación del giro de panadería, pastelería, compraventa de abarrotes de todo tipo, de frutas y verduras, de bebidas alcohólicas o no alcohólicas, sea en bienes inmuebles de dominio propio o arrendados, recibidos en comodato o en cualquier otra forma y la realización de cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente con estos giros.- El capital de la sociedad, es la cantidad de $10.000.000, el que se suscribe y paga, de la siguiente forma: don CRISTIAN BERNABE CATALAN SANCHEZ, aporta la suma de $9.500.000, en este acto, de contado en dinero efectivo, el que se ingresa a la caja social y se divide en 9.500 acciones nominativas de igual valor, de una misma serie y sin valor nominal.- Doña LAURA NIEVES SANCHEZ SANDOVAL, aporta la suma de $500.000, el que se divide en 500 acciones nominativas, de igual valor, de una misma serie y sin valor nominal, el cual se entera y paga, aportando en dominio a la sociedad bienes muebles, usados singularizados en la escritura extractada, y totalmente depreciados. De esta manera, el capital queda, totalmente suscrito y pagado en este acto.-Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Los Angeles, 17 de Mayo de 2019.