Inversiones SC Sierra Gorda Limitada
Instrumento
- Fecha
- 7 de mayo de 2019
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- cuadragésima Tercera Notaría de Santiago domiciliada en calle Huérfanos 835 Comuna de Santiago
Sociedad
- Capital
- $4.050 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público Titular de la cuadragésima Tercera Notaría de Santiago domiciliada en calle Huérfanos 835 Comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 7 de mayo de 2019, ante mí, SUMITOMO CORPORATION (CHILE) LIMITADA y SUMITOMO CORPORATION ambos domiciliados para estos efectos en calle Orinoco Número 90, piso 20, oficina 2002, Las Condes, acordaron la modificación de INVERSIONES SC SIERRA GORDA LIMITADA (la “Sociedad”), inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a Fs. 39.875 N° 29.609 del año 2011, en los siguientes términos: se aumentó el capital de la sociedad en la cantidad de US$4.050.000 millones de dólares de los Estados Unidos de América, esto es, el capital social pasó de US$440.779.000 millones de dólares de los Estados Unidos de América a US$444.829.000 millones de dólares de los Estados Unidos de América. Producto de lo anterior, se modificó el Artículo Quinto del estatuto social sobre el capital e interés social, por el siguiente: “Artículo Quinto:Capital.-El capital de la Sociedad es la suma de cuatrocientos cuarenta y cuatro millones ochocientos veintinueve mil dólares de los Estados Unidos de América, dividido entre los socios en las siguientes proporciones: /a/el socio Sumitomo Corporation aporta la suma de cuatrocientos cuarenta y cuatro millones seiscientos noventa y ocho mil dólares de los Estados Unidos de América, correspondientes al noventa y nueve coma nueve siete uno por ciento de los derechos en la Sociedad; y /b/el socio Sumitomo Corporation (Chile) Limitada, con ciento treinta y un mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, correspondientes al cero coma cero dos nueve por ciento de los derechos en la Sociedad.”En todo aquello que no se modifica se mantienen vigentes las estipulaciones del pacto social y, en especial, en lo relativo a que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Las demás estipulaciones constan en la escritura extractada y no son materia de extracto. Se facultó al portador del extracto para su legalización. Santiago 16 de mayo de 2019.-