INMOBILIARIA FLORENCIA LA BELLA SpA
Instrumento
- Fecha
- 26 de abril de 2019
- Repertorio
- 12282-2019
- Notario
- ALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA
- Oficio
- 41ª Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $521.357 CLP
- Domicilio
- El domicilio legal de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la ejecución de las siguientes actividades, que realizará por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros: a) La inversión en toda clase de bienes, corporales e incorporales inmuebles, comprendiendo la administración de esas inversiones y la percepción de sus frutos, ya sea en Chile o en el exterior, todo por cuenta propia o ajena; b) La compra, venta, y en general, la adquisición, enajenación, comercialización, administración y arrendamiento de toda clase de bienes corporales e incorporales inmuebles, propios o de terceros. Todo lo anterior debe entenderse, sin perjuicio de la facultad de los socios para desarrollar otras actividades, negocios e inversiones que acordaren efectuar. iii)
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA, Notario Público 41ª Notaria de Santiago, Suplente del Titular Félix Jara Cadot, Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifica: Con fecha 26 de Abril de 2019, Repertorio N° 12.282-2019, ante mí, se redujo a escritura pública Acta Junta Extraordinaria de Accionistas de INVERSIONES FLORENCIA LA BELLA SpA, celebrada con fecha 26 de abril de 2019, en la cual se acordó con el voto conforme del 100% de las acciones emitidas, esto es: a) Don José Pedro Merino Salas, cédula nacional de identidad Nº 9.111.768-1; b) Doña Sofía Merino de la Fuente, cédula nacional de identidad Nº 19.605.174-0; c) Don José Pedro Merino de la Fuente, cédula nacional de identidad Nº 17.699.324-3 debidamente representado por don José Pedro Merino Salas y d) Doña Florencia Merino de la Fuente, cédula nacional de identidad Nº18.396.113-6, todos domiciliados para estos efectos en calle Polonia Nº367, comuna Las Condes; Región Metropolitana: UNO) Dividir la sociedad inscrita a fojas 5.461, número 4.363, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 1999, siendo una continuadora legal de la dividida INVERSIONES FLORENCIA LA BELLA SpA, y por otro lado, dando origen a una nueva sociedad denominada INMOBILIARIA FLORENCIA LA BELLA SpA, con efectos a partir de esta fecha, la que se regirá por los siguientes estatutos: i) Accionistas: a)Don José Pedro Merino Salas; b)Doña Sofía Merino de la Fuente; c) Don José Pedro Merino de la Fuente, debidamente representado por don José Pedro Merino Salas y d) Doña Florencia Merino de la Fuente. ii) Objeto: La sociedad tendrá por objeto la ejecución de las siguientes actividades, que realizará por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros: a) La inversión en toda clase de bienes, corporales e incorporales inmuebles, comprendiendo la administración de esas inversiones y la percepción de sus frutos, ya sea en Chile o en el exterior, todo por cuenta propia o ajena; b) La compra, venta, y en general, la adquisición, enajenación, comercialización, administración y arrendamiento de toda clase de bienes corporales e incorporales inmuebles, propios o de terceros. Todo lo anterior debe entenderse, sin perjuicio de la facultad de los socios para desarrollar otras actividades, negocios e inversiones que acordaren efectuar. iii) Capital: El capital de la sociedad es la suma de $521.357, dividido en 600 acciones nominativas, de igual valor, y sin valor nominal, que se suscribe y paga por los accionistas parcialmente, quedando pendiente de suscripción y pago un monto ascendente a sesenta mil doscientos cuarenta y seis pesos, respecto de la sociedad que por este acto se divide y conforme consta en el último Balance aprobado por la Junta respectiva. iv) Domicilio: El domicilio legal de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias, sucursales o representaciones que los accionistas acuerden establecer, en el país o en el extranjero. v) Duración: La duración de la Sociedad será indefinida. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 26 de abril de 2019. Alejandro Américo Alvarez Barrera. N.P.S.