HOTELERA Y SERVICIOS TURISTICOS MARCÚ PATAGONIA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de abril de 2019
- Repertorio
- 935
- Notario
- IVAN ANDRES TOLEDO MORA Abogado
- Oficio
- Tercera Notaría de Punta Arenas
- Comuna
- Punta Arenas
Sociedad
- N. fantasía
- “MARCÚ LTDA”
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Domicilio
- Punta Arenas
- Duración
- 2 años contados desde la fecha de la escritura, prorrogable automáticamente por igual periodo
Objeto social
El objeto de la sociedad será el ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias, en especial: a) El desarrollo y explotación, por sí o a través de terceros, de la actividad Hotelera y)o la prestación de servicios con tales fines, ya sea en establecimientos propios o ajenos. b) El desarrollo y explotación de restaurantes, cafeterías, establecimientos de comida rápida, bar, fuente de soda y similares; tales como, gelatería, pizzería y venta de productos alimenticios e insumos gastronómicos y tabaco entre otros, como asimismo elaboración y envasado de otros alimentos; la prestación de servicios de comida preparada, servicios de banquetes, bodas, eventos y otras celebraciones, delivery y similares; c) Agencia y organizadores de viajes, actividades de asistencia a turistas; d) El transporte, turístico, urbano, interurbano y rural de pasajeros, dentro o fuera del país, mediante la explotación de vehículos de transporte de pasajeros, por cuenta propia o de terceros, en vehículos propios o de terceros; e) Servicio de rent a car, a través de vehículos propios o ajenos; y en general, la realización de todo género de actividades, operaciones, negocios, actos o contratos, relacionados o no con el objeto social, que los socios acuerden
Administración
Corresponderá a ambos socios, quienes deberán actuar en forma conjunta
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVAN ANDRES TOLEDO MORA Abogado, Notario Público Interino de la Tercera Notaría de Punta Arenas, con oficio en calle Lautaro Navarro N° 1048, Punta Arenas, certifico: Por escritura pública de fecha 05.04.19, repertorio N°935, ante don Evaldo Daniel Rehbein Utreras, Notario Titular de Punta Arenas; doña CAROL ANDREA CURILLAN CARDENAS, Chilena, Soltera, Labores, C.N.I 17.587.719-3 y Doña PRISCILA JOCELYN MARTINEZ ACUÑA, Chilena, Divorciada, empleada, C.N.I 14.229.541-5, ambas domiciliadas en calle Maipú 501, Punta Arenas, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Nombre: HOTELERA Y SERVICIOS TURISTICOS MARCÚ PATAGONIA LIMITADA.- Nombre de fantasia: “MARCÚ LTDA”.- Objeto: El objeto de la sociedad será el ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias, en especial: a) El desarrollo y explotación, por sí o a través de terceros, de la actividad Hotelera y/o la prestación de servicios con tales fines, ya sea en establecimientos propios o ajenos. b) El desarrollo y explotación de restaurantes, cafeterías, establecimientos de comida rápida, bar, fuente de soda y similares; tales como, gelatería, pizzería y venta de productos alimenticios e insumos gastronómicos y tabaco entre otros, como asimismo elaboración y envasado de otros alimentos; la prestación de servicios de comida preparada, servicios de banquetes, bodas, eventos y otras celebraciones, delivery y similares; c) Agencia y organizadores de viajes, actividades de asistencia a turistas; d) El transporte, turístico, urbano, interurbano y rural de pasajeros, dentro o fuera del país, mediante la explotación de vehículos de transporte de pasajeros, por cuenta propia o de terceros, en vehículos propios o de terceros; e) Servicio de rent a car, a través de vehículos propios o ajenos; y en general, la realización de todo género de actividades, operaciones, negocios, actos o contratos, relacionados o no con el objeto social, que los socios acuerden. Capital: $2.000.000, enterados en el acto de la constitución de la siguiente manera: Doña PRISCILA JOCELYN MARTINEZ ACUÑA aporta la suma de $1.400.000 y Doña CAROL ANDREA CURILLAN CARDENAS la suma de $600.000.-Administración, representación y uso de la razón social: Corresponderá a ambos socios, quienes deberán actuar en forma conjunta.- Domicilio: Punta Arenas, sin perjuicio de las sucursales o agencias que puedan establecer en el resto del país o en el extranjero.- Plazo: 2 años contados desde la fecha de la escritura, prorrogable automáticamente por igual periodo.- Demás estipulaciones: Escritura. Minuta redactada por la Abogada Vaitiare Hernández Navarro. Punta Arenas, 22 de mayo de 2019.