CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD MADRID Y SALINAS LIMITADA

RUT 14322348-5 CVE 1593502
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
17 de mayo de 2019
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
17 de mayo de 2019
Notario
RODRIGO SEPÚLVEDA GÓMEZ
Domicilio
Temuco con asiento en Padre Las Casas

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Domicilio
El domicilio social es la comuna de Temuco
Duración
La duración de la sociedad será de cinco años contados desde la fecha de la presente escritura de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de seis meses de anticipación al respectivo vencimiento

Objeto social

El objeto de la sociedad es la prestación, por cuenta propia o de terceros, de toda clase de servicios, asesorías, consultorías, de carácter profesional o técnico, en asuntos contables, de auditoría, inversiones, ingeniería, topografía, industrial, legal, finanzas, comercio, informática, computación, operaciones financieras y comerciales, elaboración y evaluación de proyectos, tasaciones de toda clase de bienes, estudios de factibilidad, administraciones, desarrollo de proyectos de todo tipo, tanto a personas naturales como a personas jurídicas, y dentro de estas últimas a todo tipo de empresas, sean públicas o privadas, nacionales o extranjeras. La sociedad también tendrá por objeto la prestación de servicios tributarios, los cuales consistirán en asesorías en los distintos campos o áreas del derecho tributario, tales como aquellos que dicen relación con los impuestos corporativos a las empresas, los impuestos terminales aplicables a los dueños de ellas, esto es, el Impuesto Global Complementario o Adicional, el impuesto al Valor Agregado (IVA), el impuesto a las herencias, asignaciones y donaciones, los tributos aduaneros, y, en general, con todos los tributos establecidos o que se establezcan en el futuro en la legislación tributaria nacional como internacional. Igualmente, la sociedad podrá realizar inversión pasiva en bienes muebles, corporales o incorporales, y, muy particularmente, la inversión en toda clase de bienes inmuebles, agrícolas y)o no agrícolas, y, el arrendamiento de bienes raíces no amoblados. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualesquier negocio que acuerden los

Administración

La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a doña DORIS ELIZABETH SALINAS VARELA, quien anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos que digan relación con el giro de los negocios sociales

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO SEPÚLVEDA GÓMEZ, abogado, Notario Público de Temuco con asiento en Padre Las Casas, Maquehue N° 1244, comuna de Padre Las Casas, certifico: Por escritura pública hoy ante mí, doña DORIS ELIZABETH SALINAS VARELA, chilena, divorciada, empresaria, C.I. N° 14.322.348-5, don RAUL ALEXIS MADRID CID, chileno, divorciado, ingeniero en ejecución forestal, C.I. N° 12.864.423-7 y don NICOLÁS JOAQUÍN ALEXIS MADRID SALINAS, chileno, soltero, estudiante, C.I. N° 20.725.812-1, todos domiciliados en Bernardo O´Higgins N° 125, oficina 301, comuna y ciudad de Temuco, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada: Razón social: SOCIEDAD MADRID Y SALINAS LIMITADA, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado con la sigla comercial o nombre de fantasía de MyS LTDA. Objeto: El objeto de la sociedad es la prestación, por cuenta propia o de terceros, de toda clase de servicios, asesorías, consultorías, de carácter profesional o técnico, en asuntos contables, de auditoría, inversiones, ingeniería, topografía, industrial, legal, finanzas, comercio, informática, computación, operaciones financieras y comerciales, elaboración y evaluación de proyectos, tasaciones de toda clase de bienes, estudios de factibilidad, administraciones, desarrollo de proyectos de todo tipo, tanto a personas naturales como a personas jurídicas, y dentro de estas últimas a todo tipo de empresas, sean públicas o privadas, nacionales o extranjeras. La sociedad también tendrá por objeto la prestación de servicios tributarios, los cuales consistirán en asesorías en los distintos campos o áreas del derecho tributario, tales como aquellos que dicen relación con los impuestos corporativos a las empresas, los impuestos terminales aplicables a los dueños de ellas, esto es, el Impuesto Global Complementario o Adicional, el impuesto al Valor Agregado (IVA), el impuesto a las herencias, asignaciones y donaciones, los tributos aduaneros, y, en general, con todos los tributos establecidos o que se establezcan en el futuro en la legislación tributaria nacional como internacional. Igualmente, la sociedad podrá realizar inversión pasiva en bienes muebles, corporales o incorporales, y, muy particularmente, la inversión en toda clase de bienes inmuebles, agrícolas y/o no agrícolas, y, el arrendamiento de bienes raíces no amoblados. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualesquier negocio que acuerden los accionistas. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Domicilio: El domicilio social es la comuna de Temuco, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o del extranjero. Duración: La duración de la sociedad será de cinco años contados desde la fecha de la presente escritura de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de seis meses de anticipación al respectivo vencimiento. Capital: El capital social asciende a la suma de $1.000.000 que los socios aportan y enteran de la forma siguiente: 1.- doña DORIS ELIZABETH SALINAS VARELA aporta la suma de $510.000, equivalentes al 51% del capital social, que paga al contado y en dinero efectivo, los que ingresan en este acto en arcas de la sociedad; 2.- don RAUL ALEXIS MADRID CID aporta la suma de $250.000, equivalentes al 25% del capital social, que paga al contado y en dinero efectivo, los que ingresan en este acto en arcas de la sociedad; y, 3.- don NICOLÁS JOAQUÍN ALEXIS MADRID SALINAS aporta la suma de $240.000, equivalentes al 24% del capital social, que paga al contado y en dinero efectivo, los que ingresan en este acto en arcas de la sociedad. Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada a sus respectivos aportes. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a doña DORIS ELIZABETH SALINAS VARELA, quien anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos que digan relación con el giro de los negocios sociales. Demás cláusulas constan en escritura extractada.- Padre Las Casas, 17 de mayo de 2019.-