CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Menta Jengibre SpA

RUT 13441702-1 CVE 1593315
Capital
$600.000 CLP
Fecha instrumento
25 de abril de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
25 de abril de 2019
Notario
ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
Trigésima Sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$600.000 CLP

Objeto social

El objeto de la sociedad será el desarrollo por cuenta propia, o por cuenta o en asociación con terceros, de las siguientes actividades: /a) diseño de productos, embalajes, catálogos y logos; /b) desarrollo de conceptos creativos, marcas y marketing; c) diseño y desarrollo de producciones audiovisuales, videojuegos y aplicaciones móviles; d) desarrollo de toda clase de actividades vinculadas al giro artístico, de diseño de productos y obras, publicaciones e impresos, y de publicidad en general, en Chile o en el extranjero; /e) la consultoría y prestación de asesoría comercial y artística, en los ámbitos de arte y diseño en general; y /f) cualquiera otra actividad o negocio que los socios acuerden por unanimidad y por escrito, que se relacione con el objeto social, sin que sea necesario acreditar en caso alguno la existencia ni los términos de tal acuerdo ante terceros. Para el cumplimiento de su objeto, la Sociedad tendrá plena capacidad legal para adquirir derechos y contraer obligaciones, para celebrar todos los actos que no sean contrarios a la ley o a estos estatutos, y para llevar a cabo todas sus actividades, cumplir los contratos e intervenir en las operaciones que directa o indirectamente se relacionen con el objeto de la sociedad

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número sesenta y cinco, piso dos, Providencia, certifico: por escritura pública de fecha 25 de abril de 2019, repertorio número 12.755-2019, ante mí, Bernardita Fernanda Romero Guzmán, cédula de identidad 13.441.702-1 y María Macarena Cruz Rencoret, cédula de identidad 13.831.682-3 constituyeron la siguiente sociedad por acciones: Nombre: Menta Jengibre SpA. Objeto: El objeto de la sociedad será el desarrollo por cuenta propia, o por cuenta o en asociación con terceros, de las siguientes actividades: /a/ diseño de productos, embalajes, catálogos y logos; /b/ desarrollo de conceptos creativos, marcas y marketing; c) diseño y desarrollo de producciones audiovisuales, videojuegos y aplicaciones móviles; d) desarrollo de toda clase de actividades vinculadas al giro artístico, de diseño de productos y obras, publicaciones e impresos, y de publicidad en general, en Chile o en el extranjero; /e/ la consultoría y prestación de asesoría comercial y artística, en los ámbitos de arte y diseño en general; y /f/ cualquiera otra actividad o negocio que los socios acuerden por unanimidad y por escrito, que se relacione con el objeto social, sin que sea necesario acreditar en caso alguno la existencia ni los términos de tal acuerdo ante terceros. Para el cumplimiento de su objeto, la Sociedad tendrá plena capacidad legal para adquirir derechos y contraer obligaciones, para celebrar todos los actos que no sean contrarios a la ley o a estos estatutos, y para llevar a cabo todas sus actividades, cumplir los contratos e intervenir en las operaciones que directa o indirectamente se relacionen con el objeto de la sociedad. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $600.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, de igual valor cada una, sin valor nominal y de una misma serie, que se emiten, suscriben y enteran en la forma establecida en las disposiciones transitorias. Administradoras: la administración de la Sociedad, el uso de su razón social, y representación judicial y extrajudicial corresponderá indistintamente a Bernardita Fernanda Romero Guzmán y María Macarena Cruz Rencoret, quienes podrán actuar separada e individualmente una cualquiera de ellas, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, salvo en caso indicado en escritura extractada, en cuyo caso deberán actuar conjuntamente. Respecto de las administradoras, se entenderá que la inclusión de su designación en la inscripción del presente extracto en el Registro de Comercio respectivo importa el cumplimiento de las formalidades previstas en el artículo séptimo de los estatutos de la sociedad. Mandato Especial para el Servicio de Impuestos Internos: Se otorga un mandato especial, pero tan amplio como en derecho sea necesario, a Elías Núñez Cáceres, cédula de identidad 12.906.809-4, a Roxana Osorio Guzmán, cédula de identidad 13.935.106-1 y a Nibaldo Vicencio Frías, cédula de identidad 10.388.238-9, para que, actuando separada e indistintamente uno cualquiera de ellos, y en nombre y representación de la Sociedad, obtengan el rol único tributario de la Sociedad, efectúen la declaración de inicio de actividades de la misma ante el Servicio de Impuestos Internos, acrediten domicilio y acojan la sociedad al régimen de renta atribuida. En el ejercicio de este mandato especial, y sin que ello importe limitación alguna, los mandatarios, actuando en la forma indicada, quedan autorizados para firmar, presentar, modificar y desistirse de toda clase de solicitudes, memoriales, peticiones, declaraciones e instrumentos que fueren necesarios o convenientes para el buen desempeño del mandato que se les confiere, quienes estarán asimismo facultados para delegar sus funciones. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 2 de mayo de 2019.