Inversiones Monte Naranco Limitada
Instrumento
- Fecha
- 13 de mayo de 2019
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEnzo Emilio Repetto Lues, abogado, Notario Suplente de la Titular de Valparaíso, doña María Ester Astorga Lagos, con oficio en calle Cochrane Nº 830 y 836, de Valparaíso, certifico que por escritura suscrita ante mí con esta fecha; don MANUEL ORLANDO IGLESIAS FERNÁNDEZ, cédula de identidad para extranjeros 4.144.574-2; don JAVIER IGLESIAS DAVEGGIO, cédula de identidad 7.711.228-6; don RODRIGO IGLESIAS DAVEGGIO, cédula de identidad 10.556.764-2; doña ANGELA TERESA DAVEGGIO COSTA, cédula de identidad 4.583.815-3; todos domiciliados en Uno Poniente, Nº 385, piso 4, Viña del Mar y doña ANA MARÍA IGLESIAS DAVEGGIO; cédula de identidad 10.564.913-4, domiciliada en calle Inés, Nº 122-2, Recreo Alto, Viña del Mar; modificaron la sociedad “INVERSIONES MONTE NARANCO LIMITADA”, RUT 76.172.719-2, inscrita a fojas 1730, N° 1983, Registro de Comercio del 2011, del Conservador de Viña del Mar; en cuanto: A) Don Manuel Orlando Iglesias Fernández, cedió una parte de los derechos sociales de que era titular en la Sociedad, correspondientes a 57,69% de los derechos sociales totales, en una proporción de 19,23% a don Javier Iglesias Daveggio en $240.000.000; 19,23% a doña Ana María Iglesias Daveggio en $240.000.000 y 19,23% a don Rodrigo Iglesias Daveggio en $240.000.000. Todos los valores que pagan y pagarán en la forma indicada en escritura extractada. Quedan como únicos y actuales socios don Manuel Orlando Iglesias Fernández con 29,23% de los derechos sociales; don Javier Iglesias Daveggio con 20% de los derechos sociales; doña Ana María Iglesias Daveggio con 20% de los derechos sociales; don Rodrigo Iglesias Daveggio con 20% de los derechos sociales y doña Angela Teresa Daveggio Costa con 10,77% de los derechos sociales. B) Los nuevos socios acordaron sustituir los artículos quinto y sexto de los estatutos sociales, por los siguientes: “QUINTO: Balance y Distribución de utilidades. El balance anual de la sociedad se practicará al 31 de diciembre de cada año. Las utilidades y las pérdidas de la sociedad se repartirán entre los socios en proporción de un veinte por ciento cada uno. “SEXTO: Retiro de utilidades: Los socios podrán retirar mensualmente una suma igual a su proporción en las utilidades, la que se determinará considerando especialmente la disponibilidad de caja y los resultados financieros de la gestión social”. En lo no modificado rige pacto social constitutivo y sus modificaciones. Demás estipulaciones en escritura extractada. Valparaíso, 13 de mayo de 2019.