INMOBILIARIA E INVERSIONES SUQUIA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 16 de abril de 2019
- Notario
- ALVARO DAVID GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago de Chile
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- ley 20.190
Objeto social
por cuenta propia o ajena: a) La realización y explotación de negocios inmobiliarios, pudiendo comprar, arrendar, vender, permutar y comercializar toda clase de bienes inmuebles (incluyendo en ellos aquellos de carácter industrial, agrícola, rural y urbano), propios o ajenos; b) La participación en toda clase de sociedades, chilenas o extranjeras, civiles o comerciales, ya sean colectivas, en comandita, anónimas, por acciones o de responsabilidad limitada y cualquiera sea su objeto, para desarrollar los negocios a que se dedican estas sociedades o en las que ellas participan; c) La inversión de capitales en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como, acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; d) La adquisición y explotación comercial de muebles e inmuebles de cualquier naturaleza, ya sea, directamente a través de esta sociedad. d)La realización y explotación de negocios de producción, desarrollo, instalación y comercialización de sistemas, productos, bienes y servicios relacionados a las energías renovables; incluyendo entre ellas la generación, captación y distribución de energía eléctrica, ya sea por generación hidroeléctrica, termoeléctricas, ya sea de ciclos combinados o no, transmisión y distribución energía eléctrica; energía Solar, eólica, hidráulica, mareomotriz, de la biomasa y cualquiera otra que se desarrolle en la actualidad o en el futuro. e) Importación y exportación de todo tipo de bienes, corporales e incorporales, servicios y asesorías, físicas o digitales, presenciales o virtuales; envío, almacenamiento y recepción de estos bienes, comercialización y producción de ellos. F) La ejecución de toda clase de obras de urbanización, infraestructura, diseño y construcción en general, la prestación de servicios en obras de ingeniería y construcción, diseño o remodelación, la ejecución y estudio de peritajes, ampliación, modificación, obras menores, obras civiles, viales y de ingeniería y cualquier actividad relacionada. G) Prestación de servicios de transporte terrestre en todas sus formas y modos, transportando al efecto personas y todo tipo de mercaderías, documentos, mobiliarios, vehículos, etc. De un lugar a otro del país o desde y hacia el extranjero, en todo tipo de vehículos, camiones, camionetas, autos, similares. Además del establecimiento de vehículos, de toda especie o clases de vehículos motorizados y rodados, la prestación de servicios de mantención y lavado de los mismos; contratación de servicios y personal al efecto y asesorías relacionadas a tales labores; la compra, venta, arriendo, importación y exportación de todo tipo de mercaderías, documentos, mobiliarios, vehículos, repuestos, accesorios, partes e insumos. La prestación y apoyo a sociedades relacionadas en la prestación de servicios de transporte a través de dispositivos móviles e internet; servicios administrativos, técnicos, financieros, económicos y de gestión a otras sociedades, personas o empresas. H) Prestación de servicios, asesoría, manufactura y fabricación de maquinaria agrícola, ya sea de transporte o de ejecución de obras y funciones de la misma naturaleza, tales como tractores, tractocamión, barrederas, carretas, grúas, regaderos, e implementos generales de agriculturas y materias de actividad rural. Además, ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con su
Administración
La sociedad será administrada por un gerente general, que deberá ser persona natural, designada por el o los accionistas con derecho a voto, mediante una declaración que deberá constar por escritura pública. El Gerente podrá o no ser accionista de la sociedad. Los accionistas pueden designarse y votar a favor de sí mismos. La designación de Gerente General es esencialmente revocable. La revocación del nombramiento se hará y constará en la misma manera que el acto de su designación. Además, sin perjuicio de las facultades del Gerente General y en forma separada e indistintamente, un apoderado representará a la sociedad exclusivamente ante las instituciones tributarias, financieras y bancarias correspondientes. El apoderado deberá ser persona natural, designada por el o los accionistas con derecho a voto, mediante una declaración que deberá constar por escritura pública. El apoderado, podrá o no ser accionista de la sociedad. Los accionistas pueden designarse y votar a favor de sí mismos. Facultades del Gerente y apoderado en escritura extractada
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| INMOBILIARIA E INVERSIONES SUQUIA LIMITADA | socio | 76361177-9 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO DAVID GONZALEZ SALINAS, chileno, abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1070, segundo piso, comuna y ciudad de Santiago. Certifica. Por escritura pública de fecha 16 de abril de 2019, ante mi; don MARCELO JAVIER RAMOS, domiciliado en Lautaro 751, barrio Country residencial, ciudad de Córdoba, Republica de Argentina, de paso en el país y en la ciudad de Santiago y doña BARBARA LORENA MUÑOZ UBILLA, domiciliada en Waterloo 258, comuna de Las Condes; en su calidad de únicos socios y don MARTIN RODOLFO RAMOS, domiciliado en Lautaro 751, barrio Country residencial, ciudad de Córdoba, Republica de Argentina, de paso en el país y en la ciudad de Santiago, de consuno, modificaron la sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES SUQUIA LIMITADA, RUT: 76.361.177-9, cuyo extracto de constitución fue inscrito a fojas 10.368 número 6.473 del registro de comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2014 y se publicó en el Diario Oficial el 08 de febrero de 2014, como sigue: A) Actuales socios realizan la siguiente cesión de derechos: i) don MARCELO JAVIER RAMOS, vende, cede y transfiere a don MARTIN RODOLFO RAMOS, quien acepta y adquiere para si, el 95% de los derechos que le pertenecen en la sociedad a MARCELO JAVIER RAMOS y que corresponden al 90% de los derechos sociales de INMOBILIARIA E INVERSIONES SUQUIA LIMITADA. El precio de la cesión conforme al patrimonio social es la suma de $950.000- que el adquirente paga al contado y en este acto, en dinero efectivo, declarando el cedente recibirlo a su entera y total satisfacción y ii) Doña BARBARA LORENA MUÑOZ UBILLA, vende, cede y transfiere a don MARTIN RODOLFO RAMOS, quien acepta y adquiere para sí, el 100% de los derechos que le pertenecen en la sociedad a BARBARA LORENA MUÑOZ UBILLA y que corresponden al 5% de los derechos sociales de INMOBILIARIA E INVERSIONES SUQUIA LIMITADA. El precio de la cesión conforme al patrimonio social es la suma de $50.000- que el adquirente paga al contado y en este acto, en dinero efectivo, declarando el cedente recibirlo a su entera y total satisfacción. Como consecuencia de la cesión de derechos, se retira de la sociedad doña BARBARA LORENA MUÑOZ UBILLA, quedando como únicos y exclusivos socios de la compañía y con los porcentajes que más adelante se indican: Don MARCELO JAVIER RAMOS, quien detenta derechos equivalentes al 5% de los derechos sociales y don MARTIN RODOLFO RAMOS, quien detenta derechos equivalentes al 95% de los derechos sociales. B) Los actuales socios don MARCELO JAVIER RAMOS y don MARTIN RODOLFO RAMOS, acuerdan transformar la sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES SUQUIA LIMITADA en una sociedad por acciones, regida por las disposiciones de la ley 20.190 modificatorias del Código de comercio, artículos 424 y siguientes del Código de comercio y supletoriamente siéndole aplicables las normas de la ley 18.046; lo anterior subsistiendo la personalidad jurídica según los siguientes términos: NOMBRE: INMOBILIARIA E INVERSIONES SUAQUIA SpA, nombre de fantasía SUQUIA SpA. OBJETO: por cuenta propia o ajena: a) La realización y explotación de negocios inmobiliarios, pudiendo comprar, arrendar, vender, permutar y comercializar toda clase de bienes inmuebles (incluyendo en ellos aquellos de carácter industrial, agrícola, rural y urbano), propios o ajenos; b) La participación en toda clase de sociedades, chilenas o extranjeras, civiles o comerciales, ya sean colectivas, en comandita, anónimas, por acciones o de responsabilidad limitada y cualquiera sea su objeto, para desarrollar los negocios a que se dedican estas sociedades o en las que ellas participan; c) La inversión de capitales en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como, acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; d) La adquisición y explotación comercial de muebles e inmuebles de cualquier naturaleza, ya sea, directamente a través de esta sociedad. d)La realización y explotación de negocios de producción, desarrollo, instalación y comercialización de sistemas, productos, bienes y servicios relacionados a las energías renovables; incluyendo entre ellas la generación, captación y distribución de energía eléctrica, ya sea por generación hidroeléctrica, termoeléctricas, ya sea de ciclos combinados o no, transmisión y distribución energía eléctrica; energía Solar, eólica, hidráulica, mareomotriz, de la biomasa y cualquiera otra que se desarrolle en la actualidad o en el futuro. e) Importación y exportación de todo tipo de bienes, corporales e incorporales, servicios y asesorías, físicas o digitales, presenciales o virtuales; envío, almacenamiento y recepción de estos bienes, comercialización y producción de ellos. F) La ejecución de toda clase de obras de urbanización, infraestructura, diseño y construcción en general, la prestación de servicios en obras de ingeniería y construcción, diseño o remodelación, la ejecución y estudio de peritajes, ampliación, modificación, obras menores, obras civiles, viales y de ingeniería y cualquier actividad relacionada. G) Prestación de servicios de transporte terrestre en todas sus formas y modos, transportando al efecto personas y todo tipo de mercaderías, documentos, mobiliarios, vehículos, etc. De un lugar a otro del país o desde y hacia el extranjero, en todo tipo de vehículos, camiones, camionetas, autos, similares. Además del establecimiento de vehículos, de toda especie o clases de vehículos motorizados y rodados, la prestación de servicios de mantención y lavado de los mismos; contratación de servicios y personal al efecto y asesorías relacionadas a tales labores; la compra, venta, arriendo, importación y exportación de todo tipo de mercaderías, documentos, mobiliarios, vehículos, repuestos, accesorios, partes e insumos. La prestación y apoyo a sociedades relacionadas en la prestación de servicios de transporte a través de dispositivos móviles e internet; servicios administrativos, técnicos, financieros, económicos y de gestión a otras sociedades, personas o empresas. H) Prestación de servicios, asesoría, manufactura y fabricación de maquinaria agrícola, ya sea de transporte o de ejecución de obras y funciones de la misma naturaleza, tales como tractores, tractocamión, barrederas, carretas, grúas, regaderos, e implementos generales de agriculturas y materias de actividad rural. Además, ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con su objeto. DOMICILIO: Santiago de Chile. DURACION: Indefinida. CAPITAL: $1.000.000, dividido en 2.000 acciones que se encuentra íntegramente pagado. ADMINISTRACION: La sociedad será administrada por un gerente general, que deberá ser persona natural, designada por el o los accionistas con derecho a voto, mediante una declaración que deberá constar por escritura pública. El Gerente podrá o no ser accionista de la sociedad. Los accionistas pueden designarse y votar a favor de sí mismos. La designación de Gerente General es esencialmente revocable. La revocación del nombramiento se hará y constará en la misma manera que el acto de su designación. Además, sin perjuicio de las facultades del Gerente General y en forma separada e indistintamente, un apoderado representará a la sociedad exclusivamente ante las instituciones tributarias, financieras y bancarias correspondientes. El apoderado deberá ser persona natural, designada por el o los accionistas con derecho a voto, mediante una declaración que deberá constar por escritura pública. El apoderado, podrá o no ser accionista de la sociedad. Los accionistas pueden designarse y votar a favor de sí mismos. Facultades del Gerente y apoderado en escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 15 de mayo de 2019.