MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

COLORES DE LA INDIA SpA

RUT 76536622-4 CVE 1593288
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
25 de abril de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
25 de abril de 2019
Notario
ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS
Oficio
42 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP
Ley aplicable
ley 19.499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Abogado, Notario Público Titular de la 42 Notaría de Santiago, Agustinas 1070 2° piso, certifica: Por escritura de fecha 25 de abril de 2019 otorgada ante mí, FELIPE IGNACIO SEPÚLVEDA ESPÍNDOLA, Abogado, CNI N° 16.474.722-0, domiciliado en Paseo Bulnes N° 107, oficina 44, comuna de Santiago, Región Metropolitana, en representación de don SAHIL DHANDA, indio, soltero, empresario, CNI para extranjeros N° 24.878.877-1, domiciliado en Recoleta N° 350, comuna de Recoleta, Región Metropolitana, sanearon escritura de saneamiento y transformación de sociedad de fecha 14 de marzo de 2017 otorgada ante esta misma notaría, de este oficio, extracto inscrito a fojas 786 vuelta, N° 626, del Registro de Comercio de Concepción del año 2017 de la sociedad denominada “COLORES DE LA INDIA SpA”, que gira con el Rut N°76.536.622-4 y su capital es de $5.000.000.- La cual se encuentra originalmente inscrita a fojas 731, N° 626 del Registro de Comercio de Concepción del año 2016, empresa Individual de responsabilidad limitada que gira bajo el nombre de “SAHIL DHANDA, IMPORTACIONES Y COMERCIALIZACIÓN, EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, extendida en la Notaría de don JOSÉ GERARDO BAMBACH ECHAZARRETA Notario Público de Concepción. SANEAMIENTO: Se sanea escritura de saneamiento y transformación de fecha 14 de marzo de 2017, consistente en: 1) Inscripción tardía del extracto correspondiente a sociedad “Colores de la India SpA” en Registro de Comercio de Santiago y, 2) Publicación tardía de extracto correspondiente a sociedad “Colores de la India SpA” en el Diario Oficial. Todo esto, conforme a lo dispuesto en la ley 19.499, y al respecto se sanean todos los vicios posteriores, ratificando expresamente y en todas sus partes el saneamiento y transformación ya referido. En todo lo no modificado rigen las cláusulas de los estatutos de la sociedad.- Santiago, 13 de mayo 2019.